Elementos Esenciales del Contrato

Descrição

Mapa Conceptual Elementos Esenciales del Contrato en Venezuela
Leiris Perdigon
Mapa Mental por Leiris Perdigon, atualizado more than 1 year ago
Leiris Perdigon
Criado por Leiris Perdigon mais de 2 anos atrás
7
0

Resumo de Recurso

Elementos Esenciales del Contrato
  1. Según el Codigo Civil de Venezuela (1982)
    1. EL CONSENTIMIENTO DE LAS PARTES
      1. Es la manifestacion de voluntad conciente y libre, expresado por el sujeto de derecho, la cual se adhiera a otra manifestacion de voluntad.
        1. sine qua non
          1. ¿ QUE ES?
        2. Art. 1.141
          1. EL OBJETO A QUE PUEDE SER MATERIA DE CONTRATO
            1. concepto
              1. Para los Mazeud, el objeto del contrato es la operacion jurídica que se quiere realizar sometida a condiciones especiales distitnas a las condiciones que debe reunir las prestaciones ofrecidoas
                1. Se clasifican en:
                  1. Prestacion de dar: transmiten la propiedad, por efecto del consentimiento legitimo manifestado.
                    1. Prestaciones Positivas: comprende una conducta activa del deudor
                      1. Prestaciones de Hacer: todas aquellas actuaciones del deudor que no transmite la propiedad u otro derecho real
                        1. Prestaciones de No Hacer: el deudor se abstiene a efectuar alguna conducta o actividad
                          1. Prestaciones Negativas: es la abstencion por parte del deudor de hacer alguna actividad
                            1. Prestaciones de Medio: son aquellas en la que deudor no se compremete a obtener un resultado especifico
                              1. Prestaciones de Resultado: en esta el deudor se obliga a obtener el resultado especifico y determinado
                          2. Art. 1.155
                            1. Lo establece como que "el objeto debe ser posible, lícito, determinado o determinable.
                          3. LA COSA LÍCITA
                            1. Se define como
                              1. El elemento de tipo subjetivo que se diferencia totalmente de los otros elementos del contrato, pues, es la que produce el consentimiento, edecir, el fin por el cual este se otorga. (Luyando, 1997)
                              2. Art. 1158 expresa que
                                1. "el contrato es válido aunque la causa no se exprese..."
                              3. Art. 1.141
                                1. Art. 1.141
                                  1. Art. 1.143
                                    1. LA CAPACIDAD
                                      1. Establece que
                                        1. "Pueden contratar todas las personas que no estuvieran declaradas incapaces por la ley"
                                        2. Luyando lo define como "la medida de la aptitud de un sujeto de derecho para relaizar negocios jurídicos

                                      Semelhante

                                      Ramas del derecho
                                      Mónica Molina
                                      DERECHOS DE AUTOR EN INTERNET
                                      valeavenita
                                      Tema 2: Constitución Esañola (I)
                                      Francisco Afonso
                                      DERECHO ROMANO
                                      profesorjoelnavarro
                                      APUNTES DE DERECHO PROCESAL
                                      IGNACIO FERNANDEZ
                                      Tema 2.- El Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid: Estructura y contenido. Las competencias de la Comunidad de Madrid: Potestad legislativa, potestad reglamentaria y función ejecutiva. La Asamblea de Madrid: Composición, Elección y funciones.
                                      Dania Riverol
                                      sistema penal acusatorio
                                      Agote la vía gubernativa
                                      Derecho Penal
                                      freddygroover
                                      MARCO JURÍDICO
                                      Javier Paz
                                      Aplicación de la teoría del conectismo en las cátedras de Derecho Constitucional I y II.-
                                      evamarcela.escob
                                      Fuentes del Derecho Romano
                                      Marisol González