SUJETOS DEL DERECHO MERCANTIL

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Mapa Mental sobre SUJETOS DEL DERECHO MERCANTIL, criado por Manuel Ascencio em 07-10-2015.
Manuel Ascencio
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Criado por Manuel Ascencio quase 9 anos atrás
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Resumo de Recurso

SUJETOS DEL DERECHO MERCANTIL
  1. Definicion
    1. Personas que teniendo capacidad legal para ejercer el comercio, hacen de él su ocupación ordinaria. Es decir realizan actos de comercio de un modo habitual, reiterado y repetido. El artículo 2 del código de comercio establece: son comerciantes quienes ejercen en nombre propio y con fines de lucro, cualquier actividad que se refiera a lo siguiente:
      1. 1) La industria dirigida a la producción o transformación de bienes y a la prestación de servicios; 2) La intermediación en la circulación de bienes y la prestación de servicios; 3) La banca, seguros y fianzas; 4) Los auxiliares de los anteriores
    2. Capacidad
      1. Según el artículo 6 del código de comercio: tienen capacidad para ser comerciantes las personas individuales y jurídicas que, conforme al Código Civil, son hábiles para contratar y obligarse. Es decir los mayores de edad que se encuentren en el libre ejercicio de sus derechos civiles
      2. Sujetos
        1. Nacionales
          1. Cualquier nacional puede ser comerciante, siempre que tenga capacidad para obligarse y contratar. El marido y la mujer que ejerzan juntos una actividad mercantil, tienen la calidad de comerciantes
          2. Extranjero
            1. Art. 8, código de comercio: Los extranjeros podrán ejercer el comercio y representar a personas jurídicas, cuando hayan obtenido su inscripción de conformidad con las disposiciones del presente código. En es tos casos, tendrán los mismos derechos y obligaciones que los guatemaltecos, salvo los casos determinados en leyes especiales
            2. Profesiones u oficios excluidos del tráfico comercial
              1. No son comerciantes: 1. los que ejercen una profesión liberal; 2. los que desarrollan actividades agrícolas, pecuarias o similares en cuanto se refiere al cultivo y transformación de los productos de su propia empresa; 3. los artesanos que sólo trabajen por encargo o que no tengan almacén o tienda para el expendio de sus productos
              2. Personas del derecho público
                1. Artículo 13 código de comercio: el Estado, sus entidades descentralizadas, autónomas o semiautónomas, las municipalidades y, en general, cualesquiera instituciones o entidades públicas, no son comerciantes, pero puede ejercer actividades comerciales, sujetándose a las disposiciones de este código, salvo lo ordenado en leyes especiales.
                2. El comerciante social
                  1. Persona jurídica resultante de un contrato que contiene agrupación de personas, la cual se organiza para aportar bienes o servicios destinados a la realización de un bien común.
                3. Auxiliares
                  1. El comerciante puede realizar la actividad comercial por sí mismo, sólo en tanto el volumen de sus negocios sea reducido, pero aun en ese caso, frecuentemente ha de necesitar de otras personas que le presten su colaboración. La asistencia que recibe de los auxiliares es de diversa naturaleza como, también, son diversos los vínculos contractuales que unen al comerciante con sus colaboradores.

                  Semelhante

                  Alemão Básico
                  MarisaS
                  Como Estudar Matemática
                  Alessandra S.
                  Manual de Técnicas de Redação
                  Alessandra S.
                  LICITAÇÕES
                  roberta.dams
                  Geometria Plana Triângulo
                  Luiz Antonio Lopes
                  ORTOGRAFIA - emprego das letras
                  GoConqr suporte .
                  Conjunções
                  GoConqr suporte .
                  Principais Fórmulas de Física
                  Luiz Fernando
                  COLOCAÇÃO PRONOMINAL
                  angrafederal
                  Inquérito Policial
                  cesar_basso
                  PROCESSO LEGISLATIVO
                  Mateus de Souza