Se debe basar en consideraciones que incluyan el nivel de redundancia del sistema y el
potencial de que una eventual falla de la estructura pueda afectar la operación o
estabilidad de edificaciones indispensables. Estas se clasifican según su grupo de uso
basados en la importancia para la atención y recuperación de las personas que habitan
en una región que puede ser afectada por un sismo o cualquier tipo de desastre.
CLASIFICACIÓN SEGÚN LOS GRUPOS
DE TIPO DE USO
GRUPO IV
Edificaciones
indispensables
Son aquellas
edificaciones de
atención a la
comunidad que deben
funcionar durante y
después de un sismo, y
cuya operación no
puede ser trasladada
rápidamente a un
lugar alterno.
Entre ellas están
♦Hospitales, clínicas,
centros de salud
♦Aeropuertos,
estaciones ferroviarias,
centrales de
telecomunicación
♦Refugios de
emergencias, centrales
de aereonavegación
♦Centrales de energía
eléctrica, agua,
combustible,
información y
transporte de
personas y productos
♦Edificaciones que
contengan explosivos,
tóxicos.
♦En el grupo IV deben
incluirse las
estructuras que
alberguen plantas de
generación eléctrica
de emergencia, los
tanques y estructuras
que formen parte de
sus sistemas contra
incendio, y los
accesos, peatonales y
vehiculares de las
edificaciones
tipificadas en los
literales anteriores.
GRUPO III
Edificaciones de atención a
la comunidad
Este grupo comprende
aquellas edificaciones,
y sus accesos, que son
indispensables
después de un temblor
para atender la
emergencia y
preservar la salud y la
seguridad de las
personas, exceptuando
las incluidas en el
grupo IV.
Este grupo debe incluir
♦Estaciones de bomberos,
defensa civil, policía,
cuarteles de las fuerzas
armadas, y sedes de las
oficinas de prevención y
atención de desastres
♦Garajes de vehículos de
emergencia
♦Estructuras y equipos de
centros de atención de
emergencias
♦Guarderías, escuelas,
colegios, universidades y
otros centros de enseñanza
♦Aquellas del grupo II para
las que el propietario
desee contar con
seguridad adicional, y
aquellas otras que la
administración municipal,
distrital, departamental o
nacional designe como
tales.
GRUPO II
Estructuras de ocupación
especial
Cubre las siguientes
estructuras
♦Edificaciones en
donde se puedan reunir
más de 200 personas en
un mismo salón
♦Graderías al aire libre
donde pueda haber más
de 2000 personas a la
vez
♦Almacenes y centros
comerciales con más de
500 m² por piso
♦Edificaciones de
hospitales, clínicas y
centros de salud, no
cubiertas en A.2.5.1.1.
♦Edificaciones donde
trabajen o residan más
de 3000 personas
♦Edificios
gubernamentales
GRUPO I
Estructuras de
ocupación normal
Todas la edificaciones
cubiertas por el alcance
de la NSR-10,
pero que no se han
incluido en los Grupos
II, III y IV.