ART 190 CP El Presidente de la República será elegido para un
período de cuatro años, por la mitad más uno de los votos que, de
manera secreta y directa, depositen los ciudadanos en la fecha y
con las formalidades que determine la ley.
ART 202 El Vicepresidente de la República será elegido por votación popular el mismo día
y en la misma fórmula con el Presidente de la República
seran nombrados por el presidente electo
Es el jefe de la administración departamental y su
representante legal es el Gobernador, que a partir
de 1991 es elegido por voto popular.
Los alcaldes municipales son los jefes de la administración local y
representantes legales del municipio.y son elegidos por voto
popular