Componente de Justicia Restaurativa: Se cre la Jurisdicción Especial para la Paz, cuya misión es: “satisfacer el
derecho de las víctimas a la justicia, obtener verdad para la sociedad colombiana, contribuir a la reparación de
las víctimas, contribuir a luchar contra la impunidad, otorgar seguridad jurídica a quienes participaron de
manera directa o indirecta en el conflicto armado y contribuir al logro de una paz estable y duradera”.
PUNTOS DEL ACUERDO
TRIBUNAL ESPECIAL PARA JUZGAR A
LOS AUTORES DE DELITOS GRAVES
La Jurisprudencia Especial Para la
Paz, se encargará de investigar, juzgar
y condenar a los autores de los delitos
graves. Los magistrados serán
elegidos por el Gobierno y las FARC.
AMNISTÍA PARA DELITOS POLÍTICOS Y
CONEXOS, TRAS EL FIN DE HOSTILIDADES
Ningún responsable de delito
atroz, de lesa humanidad o crímen
de guerra grave, elegido por el
tribunal, será cubierto por la
amnistía. Se trata de dar
satisfacción a las víctimas.
RESTRICCIÓN DE LIBERTAD Y
TRABAJOS PARA LAS COMUNIDADES
Los autores investigados por la Jurisprudencia Especial
para la Paz que reconozcan su responsabilidad, su sanción
incluirá: Restricción de libertad y de trabajos, obras y
actividades que contribuyan a la reparación de las
víctimas.
DECIR LA VERDAD, REPARAR Y NO REPETIR,
CONDICIONES PARA EL TRATO ESPECIAL
No podran acceder a la Jurisdicción Especial para la
Paz sino se comprometen a decir la verdad sobre su
participación en el Conflicto Armado.
EL TRIBUNAL PODRÁ ACTUAR SOBRE MÁXIMA RESPONSABILIDAD DE LAS
FARC, AGENTES DEL ESTADO Y OTROS QUE HAYAN PARTICIPADO DE MANERA
INDIRECTA EN EL CONFLICTO ARMADO
La Jurisprudencia Especial para la Paz actuará sobre los
Máximos Responsables de crímenes graves dentro de las
FARC y el Estado o quienes hayan estado involucrados
directa o indirectamente en el Conflicto Armado.
PENAS DIFERENCIADAS
De 5 a 8 años de restricción de la libertad. Para quienes reconozcan su responsabilidad de manera temprana
por los delitos más graves. La restricción debe permitir el cumplimiento de los trabajos de reparación como el
desminado y la sustitución de cultivos.
De 5 a 8 años en una cárcel ordinaria. Para quienes reconozcan su responsabilidad tardíamente, siempre que
sea antes de la sentencia.
Hasta 20 años en una cárcel ordinaria. Para quienes no reconozcan su responsabilidad y sean declarados
culpables por el Tribunal para la Paz.
Situación de quienes hayan participado de manera directa o indirecta en el conflicto y no sean amnistiados o
indultados ni juzgados por el Tribunal para la Paz será definida. Estos casos serán definidos también por la
Jurisdicción especial para la Paz. En todos los casos las sanciones se graduarán de acuerdo con el nivel de
participación determinante del investigado.