Responsabilidad y
Sanciones en Materia de
Seguridad y Salud Laboral
Anotações:
RESPONSABILIDAD EN MATERIA DE SEGURIDAD SOCIAL: Tiene su origen en el incumplimiento de la normativa sobre Seguridad Social, en los aspectos que afecten al terreno de la prevención de riesgos laborales.
Responsabilidad Objetiva del
Empleador
Se activa en el
momento que ocurre un
accidente o diagnostica
una enfermedad de tipo
ocupacional
Art 117 LOPCYMAT,
Acciones u
omisiones de los
empleadores que
incumplen la norma.
Tipos de Infracciones
Infracciones
Leves art 118
LOCYMAT, hasta
25 U.T por cada
trabajador
Infracciones Graves
art 119 LOPCYMAT,
de 26 a 75 U.T por
cada trabajador
expuesto
Infracciones muy
Graves art 120
LOPCYMAY, de 76 a
100 U.T por cada
trabajador
expuesto.
Art 76 LOPCYMAT,
discapacidad
temporal,parcial
permanente, absoluta
permanente, gran
discapacidad, muerte.
El Empleador esta obligado a
cotizar regimen prestacional.
IVSSS.
Prestaciones
Dinerarias
Indemnización. por
incapacidad
absoluta,
permanete,parcial
temporal,muerte.
Prestaciones de
atencion Médico
Integral.
Responsabilidad Subjetiva del
Empleador.
Anotações:
R.Subjetiva:
ELEMENTOS:existencia del daño.
HECHOS:existencia de una enfermedad o muerte.
PRUEBAS:certificación médico ocupacional de INPSASEL.
ELEMENTOS: hecho ilícito.
HECHOS: conducta imprudente, negligente, inobservante, impíta del patrono.
PRUEBAS: investigación de accidentes o de enfermedades ocupacionales por el INPSASEL.
ELEMENTOS: relación de causalidad entre el hecho ilícito y el daño causado.
HECHOS: debe comprobarse que el daño es producto, un efecto consecuencial delhecho ilícito patronal.
PRUEBAS: la concatenacion de la certificacion médico ocupacional y la investigacion del accidente o enfermedad ocupasional, con la declaración de expertos.
LOPCYMATun enfoque práctico, pág:64
Objeto de
LOPCYMAT,Regular
la responsabilidad
del empleador
cuando existe culpa.
Art 129
LOPCYMAT,
Violacion de la
normativa legal.
Art 130 LOPCYMAT,
Empleador esta obligado
a indemnizar al
trabajador de acuerdo a la
gravedad de la falta y de
la lesión.
Indemnización por
daño material, daño
moral según Código
Civil V. art 1193
Anotações:
Cito.
art 1193.C.C.V: Toda persona es responsable del daño causado por la cosa que tiene bajo su guarda, a menos que pruebe que el daño a sido por falta de la victima, por el hecho de un tercero, o por caso fortuito o fuerza mayor.
Sanciones Penales.
Art 131 LOPCYMAT, Sanciones
Penales por muerte del
trabajador.
Muerte del
trabajador, de 8 a
10 años de
Prisión.
Discapacidad Total
permanente, de 5 a 9
años de Prisión.
Discapacidad total
permanente para
trabajo habitual,de 4 a
7 años de prisión.
Discapacidad total
permanente para
toda actividad, de 5 a
8 años de prisión.
Discapacidad
parcial
permanente de 2
años a 4 de
prisión.
Discapacidad
temporal asociada
a la imposibilidad
para realizar actos
elementales de la
vida diaria, de 2 a 4
años de prisión.