Es aquél en que una de las partes,
denominada franquiciatario, recibe una
autorización para explotar elementos de
propiedad industrial cuyo titular es el
franquiciante.
Regulado por
Ley de Propiedad Industrial
Tipos
De productos
De servicios
Elementos
Reales
Objeto franquiciado
Pago como contraprestación
Personales
Franquiciante
Persona que autoriza aun tercero
Franquiciatario
Persona la que se le autoriza
Obligaciones
Poner disposición del posible franquiciatario la
información relativa al estado que guarda la empresa.
Otorgar la autorización mediante un contrato
Inscribir la franquicia ante el Instituto Mexicano
de la Propiedad Intelectual.
Proporcionar al franquiciatario los instrumentos necesarios
para llevar a cabo el uso de la franquicia
Cumplir con la franquicia en los
términos en que le fue otorgada
Pagar la contraprestación pactada
al franquiciante.