Mujer activista revolucionaria,
protagonista de la protesta femenina
Francia 1748 - 1793
condenada a muerte pero dejó un aporte
fundamental a la historia y lucha reivindicativa
por los derechos de las mujeres
Su programa era claro libertad, igualdad
y derechos políticos, especialmente el
derecho de voto, para las mujeres
Declaración de los Derechos del
Hombre y del Ciudadano
tenía como fundamento
únicamente al ser humano
masculino
Los hombres dominaban las
relaciones de género
Los hombres sean ricos o pobres, burgueses o parte del
pueblo llano, tenían autoridad indiscutible sobre
cuerpos y vidas de toda mujer sobre quienes ejercían
poder y tutoría a lo largo de toda su existencia
UN PROCESO LARGO Y EN
CONSTRUCCIÓN
Tras 202 años de historia, ha
significado siglos de lucha
por los derechos de la mujer
en todo el mundo
En Viena, 1993 en la Conferencia
Mundial de Derechos Humanos se
ratificó los derechos de la mujer
como derechos humanos.
INSTRUMENTOS INTERNACIONALES
QUE GARANTIZAN LOS DERECHOS DE
LA MUJER
Convención para la eliminación de todas
las formas de discriminación Contra la
Mujer - CEDAW herramienta
indispensable
Se firma el 17 de julio de
1980 y ratificada por el
Ecuador el 27 de
noviembre de 1981
Basado en tres principios
fundamentales
Principio de igualdad
sustantiva: Debemos propugnar
el acceso a la igualdad de
oportunidades, igualdad de
resultados y el derecho a la
participación
Principio de no
discriminación por razones
de género, es decir ninguna
distinción, exclusión o
restricción basada en el sexo
Principio de obligación del estado
(debida diligencia) tomando medidas
efectivas para impedir abusos,
investigarlos cuando se producen, pro
cesar a los presuntos responsables y
llevarlos ante la justicia por medio de un
procedimiento justo
Convención Interamericana Para
Prevenir, Sancionar y Erradicar la
Violencia Contra la Mujer “CONVENCIÓN
BELEM DO PARÁ”
Elaborado en Brasil el 9 de
junio de 1994, firmado y
ratificado por el Ecuador el
12 de junio de 1995
El derecho a la
integridad personal
Integridad física,
psíquica, moral y
sexual
Una vida libre de
violencia en el ámbito
público y privado
Prohibición de la
tortura, la
desaparición forzada
y los tratos y penas
crueles, inhumanos y
degradantes.
SUSTENTO JURÍDICO EN
LA PRÁCTICA POLICIAL
Análisis de la Ley Contra la Violencia
a la Mujer y la Familia y su
Reglamento General
Se debe emplear medios de
disuasión y conciliación
El procedimiento policial no
tendrá que forzar ningún
comportamiento, que no sea el
de garantizar y proteger a las
mujeres víctimas de cualquier
conducta violatoria de sus
derechos humanos
En caso de infracción flagrante que se entenderá
tanto si esta es cometida dentro o fuera de la
vivienda de la víctima, el agente de policía NO
REQUERIRÁ DE ORDEN ALGUNA PARA INGRESAR AL
INMUEBLE EN AUXILIO DE LA VÍCTIMA.”
Autoridades
Competentes
Los jueces de
familia
comisarios de la
mujer y la familia
Donde no se hayan
establecido estas
autoridades
intendentes
los comisarios nacionales
o los tenientes políticos
Quienes deben
denunciar
Los Agentes de la Policía Naciona a través
del respectivo informe o parte policial, con
lo cual deslindaremos la posibilidad de
involucrarnos como ENCUBRIDORES de
estos hechosl de violencia
TRABAJO
SEXUAL
Seguir procedimientos respetuosos de los
derechos de las personas. Su condición de
trabajadoras sexuales no las ubica como
sospechosas. Si hay sustento para la detención
se les debe facilitar ayuda legal incluyendo el
derecho a comunicarse,
Las mujeres embarazadas merecen
un trato especial… porqué?
el Art. 43 y 45 de la Constitución, considerando que, a
más de su vida tiene otro ser que esta por nacer y
sabemos que uno de los derechos del núcleo duro de
los Derechos Humanos es el derecho a la vida y que
la principal obligación de nosotros como servidores
policiales es justamente proteger la vida
PRINCIPIOS DEL USO DE LA FUERZA A UTILIZAR
EN PROCEDIMIENTOS PARA MUJERES
EMBARAZADAS