este es un mapa mental acerca de algunos documentos legales emitidos en El Salvador y sus respectivos articulos basados en el codigo tributario, espero sea de beneficio para alguien que busque informacion sobre documentos legales.
Articulo 110 del codigo tributario las
notas de debito y credito deben hacer
referencia al numero de comprobante
de credito fiscal y cumplir todos los
riquisitos del art 114 del comprobante
de credito fiscal
NOTA DE DEBITO
articulo 110 del
codigo tributario
articulo 110 del codigo tributario se emitiran
notas de debito por las cantidades que
aumenten las cantidades y los impuestosantes
documentado
FACTURA SIMPLIFICADA
VENTAS IGUALES O MENORES A $
12.00 SEGUN EL ART, 107 INC. 4º
Y 114 LITERAL D) DEL c:t
art. 107 inc. 3º es cuando en años anteriores sus operaciones
hayan sido igual o menor a $ 50,000.00 deberan emitir a los
consumidores finales facturas de venta simplificada
FACTURA
articulo 107 inc. 2°
del codigo
tributario
cuando se trate de operaciones con consumidores
finales se debe emitir un documento llamado factura y
solo puede ser sustituida por documenos equivalentes
autorizados por la administracion tributaria
articulo 114 b) del codigo
tributario
NOTA DE REMISION
articulo 109 del codigo tributario: si no se emite
credito fiscal, debera emitirse y entregar en esa
oportunidad al adquirente una "nota de
remision" que amparara la circulacion o transito
de la mercancias.
articulo 114literal c) del codigo
tributario... deben emitirse en triplicado.
indicar el nombre o razon social del
contribuyente, separacion de las ventas
gravadas y exentas y no sujetas, fecha de
emision,numero y fecha del comprobante
de credito fiscal cuando se hubiese
emitido, titulo a que se remiten los bienes
: propiedad, deposito,etc y firma y sello
del emisor.
COMPROBANTE DE
RETENCION
articulo 112 inciso 1° los adquirientes de
bienes o prestadores de servicios
deberan emitir y entregar un documento
que se le denominara comprobante de
retencion. y tendran las siguientes
caracteristicas.
articulo 112 literal A) detallar el valor
sujeto de retension, el monto del
impuesto retenido, consignar la
fecha, numero correlativo y tipo de
documento legal emitido por el
sujeto de retension.
COMPROBANTE DE LIQUIDACION
segun el art 108 de C:.T. se debe
hacer comprobande de
liquidacion total, agregando las
liquidaciones parciales, de
credito fiscal y debito fiscal
tambien hay informacion en el art. 42
de la Reglamento de Aplicacion del
Codigo tributario.
COMPROBANTE DE CREDITO
articulo 108 del codigo tributario cuando vendan o entegar
comprobante de credito fiscal o factura , segun sea el caso
por cpresten servicios con terceros deberan emitir y ada
traensfrecia
articulo 112 inc. 3° codigo tributario los
productores, fabricantes, importadores y
comerciantes mayoristas deberan emitir y
entregar un comprobante de credito fiscal y
debera especificarse el impuesto percibido y el
valor total a cobral al sujeto de percepcion.
art 114 literal a) del codigo tributario
comprobantes de credito fiscal debe imprimirse en
talonarios y estar prenumerados en forma
correlativa. debe emitirse en triplicado, indicar el
nombre y denominacion social del contribuyente
emisor, giro o actividad, numero de identificacion
tributaria y numero de contribuyente
FACTURA DE
EXPORTACION
SEGUN EL ART. 107 INC. 3º Y 114
LITERAL A) DEL C.T. Y ART. 42 Y 43 DE LA RACT.
asi mismo las exportaciones deben
utilizarse facturas y no pueden ser
susituidas por ningun otro
documento equivalente
TIQUETES DE MAQUINA
REGISTRADORA
107 inc 5º C.T. dice que la
factura pueden ser sustituidas por
tiquetes de maquina registradora solo
por autorizacion de la administracion
tributaria