Delitos contra la libertad sexual y medicina
legal materno-infantil
Hostigamiento sexual
Artículo 179 (CP)
Si el hostigador fuese servidor
público y se aprovechare de esa
circunstancia además de la pena
prevista en el párrafo anterior se le
impondrá su destitución por un lapso
igual de la pena de la prisión impuesta
Incesto
Artículo 272
Se impondrá la pena de uno a seis años de prisión a los
ascendientes que tengan relaciones sexuales con sus
descendientes. La pena aplicable a estos últimos será de seis
meses a tres años de prisión. Se aplicara esta misma sanción
en caso de incesto entre hermanos.
Estupro
Articulo 180
Al que tenga copula con una
persona mayor a doce años y
menor de dieciocho años,
obteniendo su consentimiento por
medio del engaño
Violación
Artículo 174 (CP)
Al que por medio de la violencia físico o moral
realice copula con persona de cualquier sexo
se le impondrá prisión de 6 -17 años
Copula
(CP) La introducción del pene en el cuerpo
humano por vía anal, vaginal u oral.
Examen de la
victima
Interrogatorio
Cuando, como, donde,
quien, quienes y porque.
Inspeccion
Examen fisico
Área genital
Área paragenital
Área extragenital
Muestras de
laboratorio
Sangre de la victima
Manchas de sangre del violador
Semen
Embarazo o enfermedades venereas
Examen del
violador
Examen
fisico
Muestras de
laboratorio
Aborto
Producto de la concepción muere en
cualquier momento del embarazo