CANCELACIONES ASIGNATURAS, SEMESTRES, APLAZAMIENTO Y REINGRESO, Y
PERDIDA DE CUPO UPTC
CANCELACION ASIGNATURA
Solicitud escrita a la direccion de la escuela hasta la
segunda semana calendario academico pidiendio la
cancelacion de la asignatura
CANCELACION SEMESTRE
solicitud escrita al consejo
de la facultad antes de XVI
semana
solicitud cancelacion de semestre, entrega del carne y estar a
paz y salvo por todo concepto de la universidad, debe tener un
promedio ponderado acumulado superior o igual a 3.5
En caso de cancelación parcial , el estudiante podrá
cancelar hasta el 50% de la intensidad horaria y/o núme
ro de créditos del semestre académico, en concordancia
con lo dispuesto en el A rtículo 35°, literal b.
En caso de fuerza mayor debidamente
comprobada, a juicio del Consejo de Facultad, el
estudiante podrá cancelar el semestre y se le
reservará el cupo, antes de finalizar las clases
regulares del mismo.
En los programas de Licenciatura de la Facultad
de Estudios a Distancia, en caso de fuerza mayor
debidamente comprobada, a juicio del Consejo
de Facultad, el estudiante podrá can celar la
práctica pedagógica antes de finalizar el
semestre
APLAZAMIENTO
SEMESTRE
hasta 8va semana sin restriccion
con solicitud escrita ante el
consejo de la facultad
promedio ponderado acumulado
minimo de 3.5
REINGRESO
El reingreso será autorizado
por la Dirección de Escuela,
una vez el estudiante
formule la solicitud y cumpla
con las fechas y requisitos.
El estudiante que se reintegre, habiendo
hecho uso de la reserva de cupo, se
someterá a las condiciones causadas por las
reformas curriculares que hayan ocurrido en
su programa académico, a la reliquidación
de la matrícula y de los demás derechos
pecuniarios vigentes en el momento de su
reingreso.
La reserva de cupo tendrá
vigencia durante un
máximo de tres (3)
semestres académicos
consecutivos y será
automática para los
estudiantes que no
renueven la matrícula
PERDIDA DE CUPO
Pierde Pierde la calidad de estudiante por bajo
rendimient o académico y no se le renovará la matrícula
, quien se encuentre en una de las siguientes
situaciones: a) Quien obtenga durante cuatro (4)
semestres, un Prom edio Aritmético Acumulado inferior
a tres cero (3.0). Quien teniendo un Promedio
Ponderado Acumulado d el semestre inmediatamente
anterior, inferior a tres cero (3.0), obtenga un promedio
ponderado semestral inferior a dos cero (2.0). c) Quien
pierda una asignatura que curse en calidad de r epitente
siendo su Promedio Ponderado Acumulado inferior a
tres cero (3.0 ). En el caso en que el Promedio
Ponderado Acumulado sea igual o superior a tres cero
(3.0), la podrá cursar por tercera y última vez. d) Quien
pierda en un mismo período académico dos asig
naturas que se cursan en calidad de repitente. e) Quien
pierda una asignatura que cursa por tercera vez.
Se exceptúan de la aplicación del presente Artículo los estudiantes que hayan cursado y aprobado el
80% del to tal de horas y/o créditos del respectivo plan de estudios. En este caso, se dará al
estudiante la oportunidad de ma tricularse por un semestre más. Si incurre de nuevo en una de las
situacio nes consideradas en el presente artículo, perderá definitivamente el derecho a matricularse
en el mismo programa.
Tema 2.- El Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid: Estructura y contenido. Las competencias de la Comunidad de Madrid: Potestad legislativa, potestad reglamentaria y función ejecutiva. La Asamblea de Madrid: Composición, Elección y funciones.