En el marco de la Resolución N° 7302
de 2005 del Código Penitenciario y
Carcelario Colombiano, en su
artículo cuarto
ES
Según Castillo M (2011) la psicología penitenciaria
es el área de especialización de la psicología
jurídica que trata de la evaluación y el
diagnóstico de las personas encarceladas y de la
intervención psicoterapéutica dirigida a la
readaptación de las mismas.
Propositos
Se revela como uno solo: el de
modificar la conducta de un sujeto
entendido como criminal
Tratamiento
El tratamiento penitenciario consiste en el
conjunto de actividades directamente dirigidas a
la consecución de la reeducación y reinserción
social de los penados"
el programa de Pensamiento Social, Intervención en
ansiedad, control de la violencia intrafamiliar, del
comportamiento agresivo, de la agresión sexual y de la
drogodependencia
Funciones del psicologo
- Como psicólogo clínico: En el diseño de
programas de intervención con inter os que
presentan déficits o excesos conductuales -
- Diagnóstico y clasificación penitenciaria
- Informes a juzgados y Audiencias - Elaboración y
ejecución de programas de tratamiento
- Intervención en áreas educativas - Las mas
importantes, evaluación y tratamiento
directrices fundamentales:
Respeto a los derechos constitucionales,
legales y reglamentarios del recluso.
-Individualización de la intervención según
características personales y situacionales
de cada interno. -La propia especialización
profesional e cada psicólogo. -Seguir las
líneas de actuación señaladas por la
administración penitenciaria
Evaluacion penitencira
Variables
Conducta delictiva de cada caso
Variables personales y Variables
sociales relevantes en la vida del
sujeto
Metodología
La observación directa. •Datos documentales
(informes forenses, policiales, sociales,
psicológicos...) •Entrevistas con el interno y
con sus familiares •Reuniones de grupo
Pruebas, cuestionarios: psicométricos o
proyectivos, a criterio del especialista