Derecho a conocer a el uso que se
haga de ellos su finalidad, origen y
destino de información personal
La persona responsable de los bancos o archivos, podrá
difundir la información con autorización de su titular
Acción de Protección
Podrá interpretarse cuando exista una
vulneración de derechos constitucionales
tendrá como objetivo el campo eficaz y directo
de los derechos conocidos en la constitución
Acción de Hábeas Corpus
La jueza o juez resolverá dentro de las veinticuatro
horas siguientes a la finalización de la audiencia
Tiene por objetivo recuperar la libertad de quien se encuentre
privado de ella de forma ilegal, arbitraria o ilegitima.
Acción de Acceso a la Información Pública
Tendrá por objetivo garantizar el acceso a ella cuando ha sido
denegado expresa cuando la que ha proporcionado no sea
completa o fidedigna
podrá ser interpuesta incluso si la negativa se sustenta en el carácter
secreto, reservado, confidencial o cualquier otra clasificación de la
información.
Acción Extraordinaria de Protección
Procederá contra sentencias o autos definitivos en los que se haya violado por
acción u omisión derechos reconocidos en la constitución
Se interpreta en la Corte Constitucional
Acción por Incumplimiento
Tendrá por objetivo garantizar la aplicación de las
normas que integran el sistema jurídico
Así como el cumplimiento de sentencias o informes de
organismos internacionales de derechos humanos