Proceso para que una película de 35 mm
se pueda exhibir en México.
Introducción.
A continuación
explicaremos el
proceso que se
requiere para que se
autorice la exhibición
de una película,
específicamente de 35
mm en México. Es un
proceso que se debe de
hacer junto la Dirección
General de Radio,
Televisión y
Cinematografía (RTC).
RTC, es un órgano
desconcentrado de la
Secretaría de Gobernación
de México. Está encargada
de supervisar los
contenidos exhibidos en el
cine entre otros, en su
caso, asignar una
clasificación, transmisión,
comercialización,
distribución y exhibición.
Desarrollo.
La autorización necesaria para que una película tenga
una clasificación y pueda exhibirse de forma pública
en una sala cinematográfica o en los lugares abiertos o
cerrados que hagan sus veces.
Deben obtenerlo las distribuidoras, los productores o
toda aquella persona física o moral que tenga la
titularidad de los derechos de explotación de una
película.
Tramite y requisitos.
1.Inscribirse en el padrón de usuarios de la Dirección
de Cinematografía.
2. Presentar ante la Dirección la solicitud de autorización en papel
membretado dirigida al Director de Cinematografía de RTC que además
debe contener la ficha técnica de la película.
3. Anexar documentos que prueben la titularidad de los derechos de explotación de la
película que pueden ser: Copia del contrato de cesión de derechos, copia del registro de
los derechos ante el Instituto Nacional del Derecho de Autor o prueba del inicio del
trámite, o bien, algún otro documento que avale la titularidad de los derechos.
4. Cuando se trate de películas extranjeras presentar el Certificado de Origen.
5. Entregar copia de la película a supervisar.
6. Entregar el comprobante del pago de los derechos.
Pago por avance publicitario: $616.00, cuota fija por largometraje, mediometraje o cortometraje
$4937.00. El contribuyente puede optar en este apartado por pagar una cuota por minuto de $55.00.