Código de Ética del Profesional de la Psicología
en la República de Honduras
Capítulo IV. De la
Psicología Educativa
Artículo 32. Asegurar que las
iniciativas en Educación incorporen
principios y acciones que reconozcan
la diversidad de las personas y sus
necesidades educativas específicas.
Artículo 33. Ser Garante del
Derecho a la Educación; con
especial interés en los grupos
vulnerables, enmarcado en
principios de Justicia e
Igualdad de oportunidades.
Artículo 34. Bajo el principio de
Buena Voluntad, debe
desarrollar alternativas
educativas que contribuyan a la
disminución de los problemas
psicosociales del País.
Artículo 35. Respetar las
convicciones y formas de
pensamiento de cada uno de los
diferentes profesionales que
participan en equipos
multidisciplinarios junto al
Psicólogo Educativo
Artículo 36. Detectar y modificar los
problemas pedagógicos (aprendizaje,
sociales y emocionales) dentro del medio
educativo, en un marco de Respeto y
reconocimiento de las diferencias
individuales y socioculturales de las
personas.
Artículo 37. Velar por la aplicación
responsable y científica de las diversas
teorías, para adaptar y modificar los
modelos de aprendizaje en los lugares
pertinentes a través de estrategias de
enseñanza, motivación, manejo de salón de
clase, escucha activa, negociación, entre
otros.
Artículo 38. Velar porque los procesos
de Orientación Educativa sean
desarrollados bajo un principio de
Autonomía, garantizando el Derecho
de las personas de tomar sus propias
decisiones.
Capítulo V. De la Psicología en
la Docencia
Artículo 39. El Psicólogo, como Docente, es
responsable de mantenerse informado y
actualizado de los avances científicos y técnicos
de la Psicología, para garantizar un proceso de
enseñanza-aprendizaje de calidad.
Artículo 40. Como Profesor, el Psicólogo
reconoce su obligación primaria de ayudar a
otros a adquirir conocimientos, habilidades
y desarrollo de valores, en concordancia
con un elevado perfil académico y
profesional de su propia persona.
Artículo 41. El Psicólogo que desarrolla
actividades de docencia debe socializar e
incentivar el conocimiento amplio en sus
estudiantes, de los principios Éticos que
rigen la labor del Profesional de la
Psicología.
Artículo 42. El Psicólogo, como Docente, debe
participar activamente de comunidades académicas
y científicas, en las que debe primar la Innovación,
Iniciativa, el trabajo en equipo; y valores como el
Respeto, la Tolerancia y la Lealtad, entre otros, de
manera que cumpla en forma eficaz con los
propósitos de la enseñanza e investigación.