Ensayo centralizacion y descentralizacion

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El siguiente material es un ensayo realizado a través de la recopilación de datos, para ser entregado como trabajo de evaluación en la materia de administración municipal
Nancy Merino
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UNIVERSIDAD PEDAGÓGICA NACIONAL LICENCIATURA EN ADMINISTRACION EDUCATIVA MATERIA: Administración Municipal ASESOR: Regina Martínez Ponce ENSAYO: “La centralización y descentralización en el actuar del municipio, y su relación con el artículo 115 constitucional”. ALUMNA: Nancy Azucena Carrera Merino. INTRODUCCIÓN A continuación se presenta un breve ensayo acerca de la relación que marca la centralización y descentralización como formas de organización del municipio, además de presentar como la base legal de la descentralización está regida por el artículo 115 constitucional. El municipio es la forma de organización política social que existe a través de la historia, por tanto es importante realizar un análisis acerca de sus formas de organización que predominan en el. DESARROLLO “La centralización y descentralización como formas de organización del municipio, y su relación con el artículo 115 constitucional” Moya Palencia, en su artículo “El régimen municipal” habla acerca de que el municipio es una forma del Estado Federal, lo cual se ratifica en el artículo 115, en él se enmarca la organización de los Estados, donde manifiesta la forma de gobierno republicano, representativo, popular, teniendo como base de su división territorial y de su organización política y administrativa, el municipio libre. El municipio es la forma de organización política-social más antigua que se pueda conocer pues desde que se habla de la familia antigua y los grupos naturales fincados en el parentesco y en la vecindad se puede decir que ya se vivía en un periodo premunicipal. La centralización se presenta como una forma de organización o tendencia organizativa aprovechable por el Estado tanto en el ámbito político como en el administrativo. Cuando se dice centralizar se habla de reunir la decisión de las actividades del Estado, de la administración pública o de cualquier otra organización en su centro, en la centralización la máxima autoridad está dotada de una amplia potestad sobre sus subalternos, que le permite designarlos, mandarlos, organizarlos, supervisarlos, disciplinarlos y removerlos, conforme a un esquema de relación jerárquica que le es característica. A través de la historia se puede contemplar que la centralización estaba presente en el modo en que operaba el municipio pues en la época de los españoles quienes controlaban los municipios en la nueva España eran los españoles que tenían mayor poder económico. Y ellos eran los que nombraban a los encargados de los diferentes puestos dentro de su administración. La relación en el municipio es centralizada si se presentan las siguientes características: - Las decisiones que afectan al municipio son tomadas por personas ajenas al mismo. - Forma parte del gobierno nacional de manera dependiente. - Aplican en gran medida el orden nacional, siendo primordial ejecutor de este. El sistema centralizado nació y se ha desarrollado sobre todo en Francia y se ha extendido a Europa occidental, a medio y lejano oriente y a América del centro y del sur, así como a áfrica. Lo practican también los estados socialistas. En cambio la descentralización, es la forma de Estado compuesto que se opone al centralismo, y desde la constitución de 1857 es el sistema de organización político-administrativa que se rige en nuestro país. La descentralización consiste en el establecimiento de una organización administrativa destinada a manejar los intereses colectivos que corresponden a la población radicada en una determinada circunscripción territorial. La descentralización es una posibilidad de una gestión más eficaz de los servicios públicos y una realización más adecuada de las atribuciones que corresponden al Estado. Se habla de una relación descentralizada cuando: - Los órganos municipales están dotados de amplia competencia, por lo que sus decisiones que afectan al municipio son tomadas por sus autoridades. - Los órganos municipales están libres de relación jerárquica; no hay intermediarios entre los órganos nacionales y locales. - Los órganos municipales aplican el orden nacional solo en determinados casos. El régimen municipal mexicano como relación descentralizada establece en el artículo 115 de la constitución política de los Estados Unidos Mexicanos, como bases las siguientes: - Los municipios serán investidos de personalidad jurídica para todos los efectos legales. (Artículo 115, fracc. III) - El municipio libre constituye la base de la división territorial de los estados de la federación y de su organización política y administrativa.(Art. 115, primer párrafo) - Los municipios administraran libremente su hacienda. (Art. 115, Fracc. III) - Cada municipio será administrado por un ayuntamiento. (Art. 115, Fracc. I y II) - Los municipios expedirán los reglamentos y disposiciones administrativas que sean necesarios para cumplir en lo que se refiere a los centros urbanos y conurbados de acuerdo al art. 27. (Art. 1115, fracc. IV y V) CONCLUSIÓN - La centralización es una forma de organización político-social que predomino por mucho tiempo y aún sigue predominando en nuestro país. Si no explícitamente, si lo hace implícitamente. - La descentralización es la forma de organización político-social que se instauro y respaldo por medio del artículo 115, y gracias a esa acción se puede decir que el municipio ahora es un municipio libre, claro está que depende de los demás órdenes de gobierno. BIBLIOGRAFIA Moya Palencia Mario. Régimen Municipal. Pág. 137-150. Serna Elizondo Enrique. El Federalismo Renovador. Pág. 151-173

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