El contenido de la iurisdictio está comprendida en las llamadas tres palabras solemnes:
do, dico, addico.
doy, digo, addico.
dar, decir, addicar.
Do (dare):
Designa la concesión de un juez o árbitro.
Designa la concesión de un magistrado menor.
Designa la concesión de un edil menor.
La iuriditio ¿podía ser delegada por el Pretor?
Si, en un magistrado inferior sin imperium (los magistrados municipales)
No, solo debía ser ejercida por el Pretor Peregrino.
No, solo debía ser ejercida por el Pretor Urbano.
La iuriditio ¿podía ser atribuida por ley?
Si, a un magistrado diferente del Pretor.
No, la ley no podía contemplar esta atribución.
No,la iuriditio no es una función de los magistrados.
El pretor puede actuar con cognitio o:
Conocimiento de la causa.
Desconocimiento de la causa.
Imperium de la causa.
La cognitio del Pretor se realiza entre otras causas para:
Dar o denegar una acción.
Dar o denegar una ficción.
Es un ofrecimiento a las partes.
¿El Pretor puede examinar de oficio su propia competencia?
Si, por medio de la cognitio.
No puede declararse incompetente por medio de ninguna acción procesal.
Si, por medio de la iudicatio.
Para dar o denegar la posesión de unos bienes el Pretor ejerce:
No puede dar o denegar por medio de ninguna acción procesal.
El denominado proceso formulario la acción se materializa en:
La petición de una concreta Fórmula al Pretor.
La petición de una concreta Fórmula al Juez.
La petición de una concreta Fórmula al Tribuno.
La acción supone en el proceso cognitorio:
La misma facultad de demandar y de obtener la protección del representante público.
La misma autoritas de demandar al representante público.
La misma potestas de obtener la protección del representante público.
En la actualidad prosigue esencialmente el concepto de acción del:
Procedimiento cognitorio.
Procedimiento formulario.
Procedimiento simple.
La acción únicamente se ejercita en el proceso como:
Un acto jurídico que lo inicia.
Un acto jurídico que lo finaliza.
No es un acto jurídico que lo inicia.
El interdicto:
No inicia el proceso judicial.
Inicia el proceso judicial.
Es un acto jurídico que lo inicia.
¿Que es un interdicto?
Una petición al Pretor para que orden o prohíba una conducta el que perturba nuestro derecho.
Una petición al Juez para que orden o prohíba una conducta el que perturba nuestro derecho.
Una petición al Senado para que orden o prohíba una conducta el que perturba nuestro derecho.
En el caso de que ésta protección del Pretor no se cumpla o materialice:
Se inicia contra el infractor el denominado proceso interdictal.
Se inicia contra el infractor el denominado proceso cognitorio.
Se inicia contra el infractor el denominado proceso sumario.
El jurista interviene en relación con la fase in iure, su función es:
La de asesorar sobre la acción procesal a solicitar al Pretor.
La de asesorar al Pretor sobre la acción procesal.
La de solicitar al Pretor sobre la acción procesal.
El orador desarrolla su actividad en la fase celebrada ante:
El juez, apud iudicem.
El Pretor, apud iudicem.
Esta figura no existía en Roma.
¿En que consiste la función del orador?
En conmover el ánimo del Pretor mediante su discurso y alegatos.
En conmover el ánimo del juez mediante su discurso y alegatos.
En conmover el ánimo del pueblo en asamblea mediante su discurso y alegatos.
El Pretor actúa en la fase in iure, es un magistrado que imparte justicia. Basado en:
Su potestad de ejerce la iurisdictio.
Su potestad de ejerce las acciones civiles.
Su potestad de ejerce la iudicati.
El Pretor actúa en la fase in iure, es un magistrado que:
Establece cuál es el derecho a aplicar en el proceso.
Establece cuál es el derecho a aplicar en apud iudicem.
Establece cuál es el derecho a aplicar en las diligencias previas.