Criado por Jenny Garcia
mais de 6 anos atrás
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CÓDIGO TRIBUTARIO
Capítulo VI :
Art. 37.- Modos de extinción.- La obligación tributaria se extingue, en todo o en parte, por cualesquiera de los siguientes modos:
Solución o Pago
Solución o Pago
Solución o Pago
Solución o Pago
DE LA COMPENSACIÓN
DE LA COMPENSACIÓN
DE LA CONFUSIÓN
DE LA REMISIÓN
DE LA PRESCRIPCIÓN DE LA ACCIÓN DE COBRO