La celebración de asambleas, por lo menos en veinte entidades federativas o en doscientos distritos electorales, en presencia de un funcionario del Instituto, El número de afiliados que concurrieron y participaron en la asamblea estatal o distrital, que
en ningún caso podrá ser menor a tres mil o trescientos, respectivamente, quedaran formadas las listas
de afiliados, con el nombre, los apellidos, domicilio, clave y folio de la credencial para votar,