SEGÚN EL ESTATUTO DE AUTONOMÍA DEL PAÍS VASCO, PODRÁN
AGREGARSE A LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DEL PAÍS VASCO OTROS
TERRITORIOS O MUNICIPIOS QUE ESTUVIERAN ENCLAVADOS EN SU
TOTALIDAD DENTRO DEL TERRITORIO DE LA MISMA, QUE LOS APRUEBEN:
Selecione uma das seguintes:
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Las Juntas Generales del Territorio Histórico y, posteriormente, las Cortes Generales del Estado, mediante Ley Orgánica.
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Los Ayuntamientos interesados, las Juntas Generales del Territorio Histórico y, posteriormente, las Cortes Generales del Estado, mediante Ley Orgánica.
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El Parlamento del País Vasco y, posteriormente, las Cortes Generales del Estado, mediante Ley Orgánica.
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El Parlamento del País Vasco y, posteriormente, las Cortes Generales del Estado, mediante Ley Ordinaria.