Criado por Danna Elias
quase 6 anos atrás
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Art.94 LISR
I. Las remuneraciones y demás prestaciones, obtenidas por los funcionarios y trabajadores de la Federación, de las entidades federativas y de los municipios, aun cuando sean por concepto de gastos no sujetos a comprobación, así como los obtenidos por los miembros de las fuerzas armadas.
III. Los honorarios a miembros de consejos directivos, de vigilancia, consultivos o de cualquier otra índole, así como los honorarios a administradores, comisarios y gerentes generales.
Art.24
LFT
Art.35
LFT
Art.39-A
LFT
Art.39-B
LFT
Art.84
LFT