Criado por dani diez
quase 6 anos atrás
|
||
Artículo 94 de La Ley de ISR. Se consideran ingresos por al prestación de un servicio social subordinado, salarios
I. Las remuneraciones y demás prestaciones, para funcionarios y trabajadores de la
Federación, de las entidades federativas y de los municipios, aun no sujetos a comprobación, así como los obtenidos por los miembros de las fuerzas
armadas.
III. Los honorarios a miembros de consejos directivos, de vigilancia, consultivos o de cualquier
otra índole, así como los honorarios a administradores, comisarios y gerentes generales.
Artículo 20 de la Ley Federal del Trabajo.
La relación de trabajo, la prestación de un trabajo personal subordinado a una
La prestación de un trabajo a que se refiere el párrafo primero y el contrato celebrado producen los mismos efectos.
A falta de estipulaciones expresas, la relación será por tiempo indeterminado.
En las relaciones de trabajo por tiempo indeterminado o cuando excedan de 180 días, podrá establecerse un periodo a prueba, que no podrá exceder de 30 días, con el único fin de verificar que el trabajador cumple con los requisitos y conocimientos necesarios para desarrollar el trabajo.
1] Que se trate de contratos por tiempo indeterminado o cuando excedan de 180 días, sujetos a periodo de prueba o a capacitación inicial.
2] Que al término del periodo de prueba, que puede ser de 30 o de 180 días, o de capacitación, que puede ser de 3 y hasta 6
Artículo 84 de la Ley Federal del Trabajo.