Son funciones de los organismos de cuenca (Confederaciones hidrográficas):
a) Elaboración del plan hidrológico de cuenca, así como su seguimiento y revisión.
b) Administración y control del Dominio Público Hidráulico
c) La administración y control de los aprovechamientos de interés general o supracomunitarios
d) Proyecto, construcción y explotación de las obras realizadas con cargo a los fondos propios del organismo, y las que les sean encomendadas por el Estado.
e) Las que se deriven de los convenios con comunidades autónomas, corporaciones locales y otras entidades públicas o privadas, o de los suscritos con los particulares.
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