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Derecho Procesal Civil I
Los presupuestos procesales son.
*La competencia.
*La capacidad.
*La demanda o querella precisa.
Los presupuestos procesales son requisitos que deben ser observados antes de que surja la relación procesal.
Naturaleza de los presupuestos procesales: Los códigos ni siquiera la enumeran, En Brasil existe el Despacho Saneador, el cual emite un decreto antes de la traba procesal pronunciándose si están los presupuestos procesales o no. La función de este despacho es evitar futuros procesos de nulidad. En Austria se utiliza una audiencia preliminar para tratar los presupuestos procesales, en el derecho anglosajón esta la pretrial, audiencia previa ante juez.
*Couture, E.
1.)Presupuestos procesales de la acción. "…la capacidad de las partes y la investidura del juez son condiciones mínimas de procedibilidad. Los incapaces no son hábiles para accionar … Los no jueces no tienen jurisdicción ; los que acuden ante ellos no lograrán nunca hacer nada que llegue a adquirir categoría de acto jurisdiccional.". Los presupuestos procesales de la acción son "…aquellos cuya ausencia obsta al andamiento de una acción y al nacimiento de un proceso"
2.3)Presupuestos de validez del proceso. Un emplazamiento válido es un presupuesto procesal. Si se hace contra lo que establece el emplazamiento del demandado, provoca invalidez formal de los actos subsiguientes.
Presupuestos Procesales de Existencia:
*La existencia de un órgano jurisdiccional cuya función es proveer la actividad de las partes.
*La presencia de sujetos procesales, es decir, un actor que reclama y un demandado que resiste.
*La demanda Judicial es otro elemento esencial a la existencia del proceso, es decir, es indispensable introducir una petición, sin embargo existen algunos casos en donde la ley permite al Juez actuar de oficio, o sea, sin petición judicial.
-Presupuestos del Órgano Jurisdiccional:
* Jurisdicción
*Competencia
-Determinación de la Competencia:
a) Territorio(Rgl Gral, dom Demand.) ; b) Materia; c) Cuantía; d) Funcionalidad o Grado; e) Turno.
En caso de falta de capacidad procesal, se da paso a la Representación:
*Representación Voluntaria - Otorgada por quien tiene capacidad procesal.
*Representación Legal - Otorgada cuando la persona carece de capacidad procesal.
Inepta acumulación de pretensiones:
Es el hecho el cual, por haberse acumulado en una demanda varias pretensiones contrarias en sí, de manera tal que no pueden quedar satisfechas. Siendo así que como consecuencia de aquél pronunciamiento quedó extinguido el proceso incoado
*Proceso:
Por proceso (V. proceso) debemos entender instrumento necesario por la realización de la función jurisdiccional, y consiste en actividad procesal, en la realización de los diversos actos procesales (V. acto procesal).
El desarrollo de un proceso puede necesitar sólo de un procedimiento, pero normalmente se utilizan varios, cuando surjan incidentes, se utilicen las dos instancias, sea necesario interponer recursos, sea conveniente la aplicación de medidas cautelares, etc.
- un solo procedimiento puede servir de cauce a varios procesos: iniciados o no simultáneamente éstos para resolver varias pretensiones, a partir de su acumulación serán tramitados simultáneamente de acuerdo con dicho procedimiento. Estamos en el supuesto de la acumulación.
ART.78 CPC. Inepta Acumulación de Pretensiones:
1.- En primer lugar, que las pretensiones se excluyan mutuamente o sean contrarias entre sí.
2.- En segundo lugar, no son acumulables en el mismo libelo las pretensiones que por razón de la materia correspondan a otros Tribunales y no al que conoce inicialmente.
3.- Y, en tercer lugar, cuando los procedimientos son incompatibles entre sí, verbigracia, un juicio que deba sustanciarse según el procedimiento ordinario, no podrá acumularse a otra causa que deba seguirse según el procedimiento breve y viceversa