Se denomina anualidad a un conjunto de pagos iguales realizados a intervalos iguales.
En la anualidad cierta sus fechas son fijas y se estipulan de antemano.
En la anualidad general el periodo de pago coincide con el periodo de capitalización de los intereses.
La anualidad vencida es aquella en la que los pagos se realizan al principio de cada periodo.
La anualidad diferida es cuando se pospone la realización de los cobros o pagos, por ejemplo, la primera mensualidad se realiza dentro de 6 meses.