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EL ARTICULO 333 DE LA LEC DETERMINA QUE CUANDO SE TRATE DE DIBUJOS, FOTOGRAFIAS, CROQUIS, PLANOS, MAPAS Y OTROS DOCUMENTOS QUE NO INCORPOREN PREDOMINANTEMENTE TEXTOS ESCRITOS, SI SOLO EXISTIESE EL ORIGINAL, LA PARTE PODRA SOLICITAR QUE EN LA EXHIBICION SE OBTENGA COPIA, A PRESENCIA DEL SECRETARIO JUDICIAL, QUE DARA FE DE SER FIEL Y EXACTA REPRODUCCION DEL ORIGINAL. SI ESTOS DOCUMENTOS SE APORTAN DE FORMA ELECTRONICA, LAS COPIAS REALIZADAS POR MEDIOS ELECTRONICOS POR LA OFICINA JUDICIAL TENDRAN LA CONSIDERACION DE ( Copias auténticas., Copias simples., Copias literales., Todas las respuestas son incorrectas. ):