Una vez alcance la edad de 30 años, para poder continuar en alta en el Régimen General, los autónomo que contraten a sus hijos menores de 30 años como trabajadores por cuenta ajena, aunque convivan con ellos, deberán presentar declaración del empresario y familiar declarando categoría, puesto, cuantía y forma de la retribución, centro de trabajo, horario y cuantos otros datos resulten precisos en el plazo de:
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