SE DEFINE COMO TRANSPORTE AEREO REGULAR:
LOS VUELOS EFECTUADOS DIARIAMENTE, A CUALQUIER AEROPUERTO.
LOS VUELOS ENTRE DOS O MÁS PUNTOS EN UNA MISMA RUTA, AJUSTADOS A UN HORARIO PUBLICADO.
LOS VUELOS FRECUENTES DESTINADOS A UN AEROPUERTO EN PARTICULAR
LOS VUELOS EFECTUADOS POR AVIONES PERTENECIENTES A UNA COMPAÑIA DE AVIACIÓN
TODA AERONAVE CIVIL VENEZOLANA, DÉBE ESTAR INSCRITA EN:
EL REGISTRO AERONÁUTICO NACIONAL.
EL MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA
EL LIBRO DENOMINADO REGISTRO AÉREO DE VENEZUELA
EN LAS NOTARIAS PÚBLICAS DEL ÁREA CORRESPONDIENTE.
EN QUÉ ARTÍCULO DE LA LEY DE AERONAUTICA CIVIL, SE PROHIBE EL PORTE ARMAS A BORDO:
ARTICULO 75
ARTICULO 73
ARTICULO 28
NINGUNA DE LAS ANTERIORES
¿QUÉ ARTÍCULO DE LA LEY DE AERONAUTICA CIVIL HABLA DE MERCANCIAS PELIGROSAS?
ARTICULO 74
ARTICULO 78
ARTICULO 48
ARTICULO 23
LA AUTORIDAD AERONÁUTICA EN VENEZUELA, SERÁ EJERCIDA POR:
LA DIRECCIÓN DEL CIAC, MIGUEL RODRÍGUEZ
EL PRESIDENTE DEL INAC Y DEMAS FUNCIONARIOS
EL MINISTRO DE INFRAESTRUCTURA
EL EJECUTIVO NACIONAL
LA LEY DE AERONAUTICA CIVIL, ES UNA LEY ÓRGANICA.
CIERTO
FALSO
EN VENEZUELA, LA ÚNICA AUTORIDAD AERONÁUTICA COMPETENTE PARA SUSPENDER LAS LICENCIAS AL PERSONAL AERONÁUTICO, ES:
EL MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA (MINFRA)
LA DIVISIÓN DE AERONAVEGABILIDAD Y OPERACIONES
LA DIRECCIÓN DEL INSTITUTO AUTÓNOMO AEROPUERTO DE MAIQUETIA
EL INSTITUTO NACIONAL DE AERONÁUTICA CIVIL.
LAS AERONAVES CIVILES VENEZOLANAS, PODRÁN POSEER:
MÁS DE UNA MARCA DE NACIONALIDAD Y MATRICULA
SÓLO UNA MARCA DE NACIONALIDAD Y MATRICULA.
UNA O DOS MATRICULAS, DEPENDIENDO DE LOS CONVENIOS INTERNACIONALES.
NINGUNA DE LASRESPUESTAS ANTERIORES
LOS HECHOS PUNIBLES O DELITOS QUE OCURRAN EN VUELO ABORDO DE AERONAVES VENEZOLANAS FUERA DEL TERRITORIO NACIONAL, QUEDARÁN SOMETIDOS A :
A LAS LEYES DEL PAÍS DONDE SE ENCUENTRE LA AERONAVE
EL ORDENAMIENTO JURÍDICO VENEZOLANO.
LAS LEYES DEL PAIS DONDE ESTÉ MATRICULADA LA AERONAVE.
LAS LEYES VENEZOLANAS SÍ ATENTAN CONTRA LA SEGURIDAD DEL ESTADO
EL PERSONAL DE TRIPULACIÓN DE CABINA:
ES AUTÓNOMO E INDEPENDIENTE DE LA AUTORIDAD DEL CAPITÁN.
ES DEPENDIENTE UNICAMENTE DEL JEFE DE CABINA.
ES DEPENDIENTE Y SUBORDINADO A LA AUTORIDAD DEL COMANDANTE DE LA AERONAVE.
ES DPENDIENTE Y SUBORDINADO AL JEFE DE OPERACIONES.
EL PERSONAL TÉCNICO AERONÁUTICO, DEBERÁ RENOVAR SU LICENCIA
A SU VENCIMIENTO
30 DIAS ANTES DE SU VENCIMIENTO
10 DIAS ANTES DE SU VENCIMIENTO
EL INSTITUTO NACIONAL DE AERONÁUTICA CIVIL ,FORMA PARTE INTEGRANTE DEL MINISTERIO DE TRANSPORTE Y COMUNICACIONES:
LA ORGANIZACIÓN DE AVIACIÓN CIVIL INTERNACIONAL ,FUE CREADA POR EL CONVENIO DE CHICAGO
PARA QUE UN CONVENIO INTERNACIONAL SEA DE CUMPLIMIENTO OBLIGATORIO EN VENEZUELA, ÉSTE DEBE TENER EL CARÁCTER DE LEY EXTRANJERA:
AL CONCLUIR EL TÉRMINO DE VALIDEZ DE UN CERTIFICADO MÉDICO, EL TITULAR:
PUEDE CONTINUAR SU PROFESIÓN, CON PERMISO DE LA AUTORIDAD DEL AEROPUERTO
PUEDE CONTINUAR SU PROFESIÓN, PREVIA AUTORIZACIÓN DEL JEFE DE AEROPUERTO
TIENE 30 DIAS PARA ACTUALIZAR SU LICENCIA
QUEDA INVALIDADO PARA EJERCER LAS ATRIBUCIONES DE SU LICENCIA
LA AUTORIDAD AERONÁUTICA VENEZOLANA, ES NOMBRADA POR
EL PRESIDENTE DEL INSTITUTO NACIONAL DE AERONÁUTIA CIVIL.
EL MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA.
EL JEFE DE AERONAVEGABILIDAD Y OPERACIONES.
LA OACI. FUE CREADA PARA:
ESTABLECER NÓRMAS PROCEDIMIENTOS GENERALES DE LA AVIACIÓN MUNDIAL
COMPETIR CON LAS GRANDES EMPRESAS AÉREAS MUNDIALES
CREAR NORMAS Y PROCEDIMIENTOS PARA EL DESARROLLO DE LA AVIACIÓN CIVIL INTERNACIONAL
REGULAR LA AVIACIÓN CIVIL INTERNACIONAL
TRANSPORTAR ALGUNA PERSONA QUE ESTÉ BAJO LOS EFECTOS DE CUALQUIER SUSTANCIA PSICOACTIVA (DROGAS), SOLO PODRÁ AUTORIZARLO:
LA POLICÍA AEROPORTUARIA EN ALGUNOS CASOS
EL JEFE DEL AEROPUERTO EN CASOS ESPECIALES
EL PILOTO AL MANDO DE LA AERONÁVE
EL DEPARTAMENTO DE MEDICINA AERONÁUTICA DEL INAC.
EL GRADO DE PILOTO AL MANDO DE UNA AERONÁVE DE TRANSPORTE CIVIL EN VENEZUELA, ES OTORGADO POR:
LA PERSONA TITULAR DE UN CERTIFICADO DE EXPLOTADOR
LA ORGANIZACIÓN DE AVIACIÓN CIVIL INTERNACIONAL
EL RESPONSABLE POR DAÑOS A LAS PERSONAS, EQUIPAJES, O BIENES, QUE OCURRAN A BORDO DE LAS AERONAVES COMERCIALES DE MATRÍCULA VENEZOLANA , SERÁ :
EL CAPITÁN AL MANDO DE LA AERONAVE.
LAS PERSONAS ENCARGADAS DE LA SEGURIDAD DE LA LÍNEA AEREA.
LA LÍNEA AEREA AUTORIZADA.
LA PERSONA QUE REALICE TRANSPORTE AEREO.
LOS PRESTADORES DE LOS SERVICIOS AERONÁUTICOS, TENDRÁN LA OBLIGACIÓN DE PROPORCIONAR A SU PERSONAL AERONÁUTICO :
ESTABILIDAD Y COMODIDAD A TODO EL PERSONAL
CAPACITACIÓN Y ADIESTRAMIENTO CONTINUO
CURSOS INDUCTORIOS Y ESPECÍFICOS
TODAS LAS RESPUESTAS SON CORRECTAS
UNICAMENTE, PODRÁN MATRICULAR AERONAVES DESTINADAS AL SERVICIO DE TRANSPORTE AEREO EN VENEZUELA :
LOS DUEÑOS DE COMPAÑIAS AEREAS NACIONALES.
LAS PERSONAS DE NACIONALIDAD VENEZOLANA.
LOS DUEÑOS O TRANSPORTISTAS COMERCIALES VENEZOLANOS.
CUALQUIER PERSONA POSEEDORA DE UN CERTIFICADO DE TRANSPORTISTA AEREO COMERCIAL VENEZOLANO.
LOS EXPLOTADORES DE AERONAVES CIVILES; Y DEL SERVICIO DE TRANSPORTE AEREO EN VENEZUELA, SERÁN SANCIONADOS CON MULTA DE " DOS MIL QUINIENTAS UNIDADES TRIBUTARIAS " (2.500 UT.) POR:
INCUMPLIR LOS PERÍODOS DE SERVICIO DE VUELO, DESCANSO Y TIEMPO DE VUELO DE LA TRIPULACIÓN.
ORDENAR AL PERSONAL DE A BORDO CUALQUIER ACTO QUE IMPLIQUE LA VIOLACIÓN DE LA LEY AERONÁUTICA VIGENTE.
PERMITIR A SUS TRIPULACIONES, VOLAR CON CERTIFICADO MÉDICO O LICENCIA VENCIDA
OPERAR SIN EL CORRESPONDIENTE CERTIFICADO DE EXPLOTADOR.
A CUALQUIER PERSONA, QUE ALTERE UN DETECTOR DE HUMO U OTRO DISPOSITIVO DE SEGURIDAD EN UNA AERONÁVE DE MATRÍCULA VENEZOLANA, SE LE IMPONDRÁ MULTA DE:
TREINTA UNIDADES TRIBUTARIAS (30 UT.)
NOVENTA UNIDADES TRIBUTARIAS (90 UT.)
SETENTA UNIDADES TRIBUTARIAS (70 UT.)
CUARENTA UNIDADES TRIBUTARIAS (40 UT.)
A CUALQUIER PERSONA, QUE AGREDA, INTIMIDE, O AMENACE, FÍSICA O VERBALMENTE, A CUALQIER MIEMBRO DE LA TRIPULACIÓN O PASAJERO SEGUN LA LEY DE AERONÁUTICA CIVIL VENEZOLANA VIGENTE, SE LE IMPONDRÁ MULTA DE:
CIEN UNIDADES TRIBUTARIAS (100 UT.)
QUINIENTAS UNIDADES TRIBUTARIAS (500 UT.)
MIL UNIDADES TRIBUTARIAS (1000 UT.)
DOS MIL QUINIENTAS UNIDADES TRIBUTARIAS (2500 UT.)
CUALQUIER MIEMBRO DE LA TRIPULACIÓN QUE CONSUMA SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES O PSICOTRÓPICAS, ANTES O DURANTE EL VUELO, SERÁ CASTIGADO CON PRISIÓN DE...?... A ...?... AÑOS Y REVOCATORIA DE LA LICENCIA O PERMISO POR IGUAL TIEMPO.
DE DOS (02) A CUATRO (04) AÑOS.
DE UNO (01) A TRES (03) AÑOS
DE SEIS (06) A OCHO (08) AÑOS.
DE OCHO (08) A DIEZ (10) AÑOS.
SE IMPONDRÁ MULTA DE ...?... UNIDADES TRIBUTARIAS ( UT.) A CUALQUIER PERSONA POR: CONSUMIR, HASTA UN ESTADO DE INTOXICACIÓN, BEBIDAS ALCOHÓLICAS O DROGAS ( LEY DE AERONÁUICA CIVIL VEN.)
DOS MIL QUINIENTAS UNIDADES TRIBUTARIAS ( 2500 UT.)
MIL UNIDADES TRIBUTARIAS ( 1000 UT.)
MIL QUINIENTAS UNIDADES TRIBUTARIAS ( 1500 UT.)
LA AUTORIDAD AERONÁUTICA DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, ES
EL EJECUTIVO NACIONAL.
EL INSTITUTO NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL.
TODO ACCIDENTE O INCIDENTE QUE OCURRA EN EL AMBITO DE LA AVIACIÓN CIVIL EN VENEZUELA, SERÁ INVESTIGADO ADMINISTRATIVAMENTE POR :
LA AUTORIDAD MILITAR COMPETENTE.
EL INSTITUTO NACIONAL DE AERONÁUTICA CIVIL ( INAC.)
EL MINISTERIO DE INFRAESTUCTURA.
LA ORGANIZACIÓN DE AVIACIÓN CIVIL INTERNACIONAL ( OACI.)
ES COMPETENCIA DE LA AUTORIDAD AERONÁUTICA VENEZOLANA :
FISCALIZAR LAS ACTIVIDADES DE LA AERONÁUTICA CIVIL EN VENEZUELA.
EXPEDIR CERTIFICADOS, PERMISOS O LICENCIAS VENEZOLANAS Y CONVALIDAR LAS EXTRANJERAS
REGULAR LAS ACTIVIDADES DE LA AERONÁUTICA CIVIL VENEZOLANA.
TODAS LAS RESPUESTAS ANTERIORES, SON CORRECTAS.