A las publicaciones periódicas editadas por partidos políticos o sindicatos legalmente constituidos, que hubiese obtenido la debida calificación por Correos, se les aplicarán los precios establecidos para periódicos nacionales, con una bonificación del 40% en los envíos dirigidos a suscriptores y cuyo peso no sobrepase los 100 gramos. Estas publicaciones no contendrán otra información que la propia de aquellas entidades y la superficie dedicada a publicidad no superará:
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