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Los proyectos de reforma constitucional deberán ser aprobados por una mayoría de tres quintos de ( cada una de las Cámaras., ambas Cámaras., las Cortes Generales. ) Si no hubiera acuerdo entre ambas, se intentará obtenerlo mediante la creación de una Comisión de composición ( paritaria, igualitaria, mixta ) de Diputados y Senadores, que presentará un texto que será votado por el ( Congreso y el Senado, Gobierno, Congreso de los Diputados ).