Los proyectos de reforma constitucional deberán ser aprobados por una [blank_start]mayoría de tres quintos[blank_end] de cada una de las Cámaras. Si no hubiera acuerdo entre ambas, se intentará obtenerlo mediante la creación de una Comisión de [blank_start]composición paritaria[blank_end] de Diputados y Senadores, que presentará un texto que será votado por el [blank_start]Congreso y el Senado[blank_end].
Los proyectos de reforma constitucional deberán ser aprobados por una mayoría de tres quintos de [blank_start]cada una de las Cámaras.[blank_end] Si no hubiera acuerdo entre ambas, se intentará obtenerlo mediante la creación de una Comisión de composición [blank_start]paritaria[blank_end] de Diputados y Senadores, que presentará un texto que será votado por el [blank_start]Congreso y el Senado[blank_end].
Los proyectos de reforma constitucional deberán ser aprobados por una mayoría de dos quintos de cada una de las Cámaras. Si no hubiera acuerdo entre ambas, se intentará obtenerlo mediante la creación de una Comisión de composición paritaria de Diputados y Senadores, que presentará un texto que será votado por el Congreso y el Senado.