Las sesiones plenarias de las Cámaras serán públicas, salvo acuerdo en contrario de cada Cámara, adoptado por mayoría absoluta y con arreglo al Reglamento.
Las sesiones [blank_start]plenarias[blank_end] de [blank_start]las Cámaras[blank_end] serán públicas, salvo acuerdo en contrario de cada Cámara, adoptado por [blank_start]mayoría absoluta[blank_end] o con arreglo al Reglamento.