Las [blank_start]Asambleas[blank_end] de las Comunidades Autónomas podrán solicitar del [blank_start]Gobierno[blank_end] la adopción de un proyecto de ley o remitir a la Mesa del [blank_start]Congreso[blank_end] una [blank_start]proposición de ley[blank_end], delegando ante dicha Cámara un máximo de [blank_start]tres[blank_end] miembros [blank_start]de la Asamblea[blank_end] encargados de su defensa.