Asignaciones testamentarias Francia

Descrição

Slides sobre Asignaciones testamentarias Francia, criado por laarenas54 laarenas54 em 25-09-2018.
laarenas54 laarenas54
Slides por laarenas54 laarenas54, atualizado more than 1 year ago
laarenas54 laarenas54
Criado por laarenas54 laarenas54 quase 6 anos atrás
5
0

Resumo de Recurso

Slide 1

    Asignaciones Testamentarias. (Francia)
    El código civil Francés no estipula títulos directos sobre asignaciones condicionales, a día, o modales. Algunas estipulaciones sobre el asunto:​​​​​​​​​​​​​​ Artículo 900 En toda disposición entre vivos o testamentaria, las condiciones imposibles y las que sean contrarias a las leyes o a las buenas costumbres, se tendrán por no puestas. Artículo 904 El menor, que haya cumplido los dieciséis años y no se haya emancipado, sólo podrá disponer por testamento y únicamente hasta la mitad de los bienes de los que la ley permite disponer al mayor de edad. No obstante, si fuere llamado a filas en una campaña de guerra podrá, mientras duren las hostilidades, disponer de la misma cantidad que si fuera mayor de edad, en favor de uno cualquiera de sus parientes o de varios de ellos y hasta el sexto grado inclusive, o, también en favor de su cónyuge sobreviviente. A falta de parientes en sexto grado inclusive, el menor podrá disponer como lo haría un mayor de edad.

Slide 2

        Artículo 1040 Toda disposición testamentaria hecha bajo la condición de que se produzca o no un acontecimiento incierto y que según la voluntad del testador dicha disposición sólo deba ser ejecutada en caso de que se produzca o no dicho acontecimiento, quedará sin efecto, si antes del cumplimiento de la condición, falleciera el heredero instituido o el legatario. Artículo 1041          La condición que, según la intención del testador, tenga carácter suspensivo de la disposición, no impedirá al instituido heredero o al          legatario adquirir su derecho y transmitirlo a sus herederos. Artículo 1042         El legado quedará sin efecto, si la cosa legada hubiera perecido en vida del testador.         Igualmente quedará sin efecto, si la cosa pereciera después de su muerte, sin intervención o culpa del heredero, aunque éste se         hubiera retrasado en su entrega, cuando igualmente habría perecido en poder del legatario.

Semelhante

Analgesicos
Adriana
Inglês - vocabulário
nando.mrossi
Leitura para o First Certificate (I)
GoConqr suporte .
Era Napoleônica
Camila Teixeira
Semântica
GoConqr suporte .
Curiosidades da culinária
Casa e Jardim
Direito Civil - Parte Geral - Capítulo 1 - Coleção Sinopses
Anaximandro Martins Leão
Direito Tributário - Revisão
Maria José
Grupos de GoConqr - Guia do usuário
GoConqr suporte .
Técnicas de Estudo
vivi sousa
Ocultar cartas nos Flashcards
GoConqr suporte .