CLAUDIA MELISSA CARDONA

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eviencia 14 negociacion internacional
CLAUDIA MELISSA CARDONA OROZCO
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CLAUDIA MELISSA CARDONA OROZCO
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Resumo de Recurso

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    Evidencia 14: Ejercicio práctico "Comportamiento del mercado de capitales" El propósito de esta evidencia es tener las bases y argumentos suficientes para analizar y evaluar oportunidades comerciales que le permitan diseñar estrategias acordes y con ello tomar buenas decisiones al incursionar en el mercado internacional. Teniendo en cuenta el material de formación y complementario analizado con anterioridad y con el fin de demostrar lo aprendido hasta el momento, desarrolle como ejercicio práctico lo siguiente  Investigue y documéntese sobre un caso real de exportación de un producto desde Colombia hacía un país europeo, tenga en cuenta lo investigado en la Evidencia: Tratados comerciales. Asuma que usted es el exportador y está expuesto al riesgo de transferibilidad; explique porqué se presenta este tipo de riesgo y describa detalladamente las opciones que existen para disminuirlo. Posteriormente y teniendo en cuenta el punto 1, elija un producto a exportar que ya exista en el mercado europeo y demuestre cómo puede vencer los riesgos del mercado para que su producto sea elegido por encima de la competencia. Indique y explique brevemente el tipo de riesgo que asume el exportador cuando el mercado colombiano sufre desequilibrios en la balanza de pagos y la divisa se deprecia respecto a la europea. labore para su posible comprador un pequeño resumen sobre el régimen cambiario de Colombia, con el fin de que obtenga un mayor conocimiento de la normatividad de este país, este resumen debe contener lo siguiente: %uF0A7 Propósito de este régimen dentro de las negociaciones internacionales. %uF0A7 Manera de evitar las sanciones cambiarias. %uF0A7 Con base en directrices y categorías señaladas en el Artículo 4 de la Ley 9 de 1991, mencione cada una de las operaciones de cambio y explique de manera breve porqué deben ser canalizadas a través del mercado cambiario.

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      BANANO BOCADILLO O BABY BANANA En Colombia tiene gran importancia social y económica en el Tolima y los santanderes en los mercados internacionales. los bocadillos pertenecen a la familia de las musáceas del orden escitaminea. descripción de la planta: el banano bocadillo tiene aspecto de árbol mediano con un promedio de 2 a 4 metros de altura, con tallos falsos aéreos porque sus verdaderos tallos son subterráneos la raíz esta formada por un conjunto de raíces primarias secundarias y terciarias de 2 metros de longitud y tiene un buen anclaje las raíces a suelo y su factor de perdida es bueno en comparación con el plátano. El fruto es una falsa baya de forma lineal o falcada, de 8 a 13 cm de largo y hasta 3 de diámetro, cubierta por un pericarpo coriáceo verde en el ejemplar inmaduro y amarillo intenso al madurar. La pulpa es blanca, rica en almidón y dulce. Puntos negros que motean la pulpa son el resto de los óvulos no desarrollados.  

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    Las condiciones ambientales en la reserva son: Altura: 1700 msnm Temperatura promedio: 22°C Lluvias: 2100mm Cosecha Reducción de daños mecánicos hacia la fruta, aumentando así la vida útil de la fruta. Cosecha sin residualidad química Poscosecha Instalaciones especializadas con estándares de transormación de alimentos

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    EXPORTACIÓN A EUROPA Colombia es el noveno proveedor de frutas exóticas del mundo. los principales destinos de las exportaciones de estos productos son : Países Bajos, Alemania, Bélgica Por preferencia en el consumo, La ubicación geográfica de Colombia privilegia los procesos de exportación de frutas frescas, permite menores tiempos de transito, mayor velocidad en las entregas y fletes competitivos internacionalmente. Colombia exporta mas de 30 toneladas de este fruto al mercado Europeo. El bananito mas conocido como bocadillo es la principal fruta de exportación del Tolima y la de mayor crecimiento en volumenes de envío, aumentando en un 50% la exportación a Europa.
    Rubrica: : Las mujeres tienen un lugar muy importante en este proceso pues son quienes clasifican, lavan etiquetan y empacan la fruta para entregar a la exportadora.

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    2. Asuma que usted es el exportador y está expuesto al riesgo de transferibilidad; explique porqué se presenta este tipo de riesgo y describa detalladamente las opciones que existen para disminuirlo. Se presenta cuando hay la posibilidad de no poder girar las divisas al exterior debida a la escasez de las mismas, esto se puede dar por los problemas polìticos y económicos que esté enfrentando el país del comprador.  a. Póliza de seguro de crédito: cubre el riesgo de falta de pago del cliente o cuando este no pueda pagar a causa de una inestabilidad política o económica en el país donde exportamos. b. Triangulación: En esta alternativa nos favorece porque entre hacer parte de la negociación un tercer banco para garantizar la operación entre el banco colombiano y el banco de nuestro cliente.
      c. Carta de crédito :  Es un metodo de pago muy seguro en la negociación internacional, donde el importador solicita a una entidad financiera que se comprometa a pagar al exportador la cantidad de dinero acordada por la compraventa de una mercancia. El banco emisor procede a realizar la entrega del dinero al beneficiario ante la presentación de los documentos necesarios y según los terminos y plazos pactados en el mismo documento de encargo. d. Convenio ALADI: se pueden canalizar operaciones a través de este convenio cuando existe una percepción alta de riesgo político. Cualquier banco que esté autorizado por el Banco Central para operar en el Convenio ALADI, puede emitir los instrumentos de pago como cartas de crédito, letras de cambio avaladas, pagarés avalados u órdenes de pago. La moneda que se utiliza en las operaciones que se canalizan a través del Convenio ALADI, es el dólar americano. Es importante tener en cuenta que si se trata de una exportación de servicios, para Colombia el Convenio ALADI no permite la canalización de estas operaciones, sino únicamente las de bienes tangibles

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    Posteriormente y teniendo en cuenta el punto 1, elija un producto a exportar que ya exista en el mercado europeo y demuestre cómo puede vencer los riesgos del mercado para que su producto sea elegido por encima de la competencia.   La uchuva es uno de los frutos exóticos mas cotizados y con mayor aceptación en Europa. En el 2015 la uchuva fue una de las cartas de presentación de Colombia en la exposición universal de Milán (Italia).  También fue el año en que, después de más de una década de trabajo entre las autoridades y el sector privado, partió el primer envío de uchuvas colombianas frescas sin tratamiento de frío. Esto significa que los costos de exportación para quienes están en el negocio se han podido reducir en cerca de 40 %.  Hoy en dia Colombia vende en el exterior entre 5.000 y 6.000 toneladas de este producto, principalmente a países europeos y a Norteamérica. La uchuva es una oportunidad para los agricultores de tierra fría, pues el cultivo se adapta entre los 2.000 y 3.000 metros sobre el nivel del mar. La uchuva tiene la ventaja de que se puede consumir y comercializar como fruto seco y snacks, así que a diferencia de otros productos, se puede manejar el tema de ser perecedera, Porque ofrece diferentes opciones de consumo y proceso.     

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    Es importante para competir varias cosas, como estar actualizados en los avances tecnológicos que hay en el momento, contar con excelentes equipos para su producción que garanticen calidad y eficiencia.  También el acercamiento y empatía con el cliente, hoy en día las distancias no existen, o no de la misma manera ya que los medios de comunicación con los que se cuenta han permitido estrechar lazos en todos los ámbitos de la vida, como por ejemplo en la negociación.  Debemos conocer a nuestra competencia, no para competir de manera desleal, sino para saber que le podemos ofrecer al cliente que sea más llamativo o diferente a lo que le ofrecen los demás.   Es importante la presentación del producto, selección y seguimiento fruto por fruto para garantizar que estamos a un excelente nivel competitivo, esto es primordial, si lo cumplimos vamos a estar en una buena posición frente a la competencia si además de ello tenemos valores agregados tan importantes como los mencionados anteriormente. 

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    4. Indique y explique brevemente el tipo de riesgo que asume el exportador cuando el mercado colombiano sufre desequilibrios en la balanza de pagos y la divisa se deprecia respecto a la europea. Riesgo de Mercado: Se presenta cuando no se tiene conocimiento sobre el país al que desea exportar.  Riesgo de tasa de cambio: Por ser el peso colombiano una moneda blanda, el riesgo en la tasa de cambio será alto a la hora de facturar bienes o servicios en una moneda distinta. Es posible que con este riesgo exista la pérdida de valor frente a la moneda más fuerte y que la divisa en el cual está denominada su venta al exterior fluctué a favor o en contra de quien hace la exportación.  Tipo de cambio flexible: se determina en un mercado libre, por el juego de la oferta y la demanda de divisas.

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    5. Elabore para su posible comprador un pequeño resumen sobre el régimen cambiario de Colombia, con el fin de que obtenga un mayor conocimiento de la normatividad de este país, este resumen debe contener lo siguiente: 5.1 Propósito de este régimen dentro de las negociaciones internacionales. Propósito de este régimen dentro de las negociaciones internacionales.      Ley 9 de 1991: Por la cual se dictan normas generales a las que deberá sujetarse el Gobierno Nacional para regular los cambios internacionales y se adoptan medidas complementarias. ARTÍCULO 2º Propósitos del régimen cambiario. El régimen cambiario tiene por objeto promover el desarrollo económico y social y el equilibrio cambiario, con base en los siguientes objetivos que deberán orientar las regulaciones que se expiden en desarrollo de la presente Ley. 1. Propiciar la internacionalización de la economía colombiana con el fin de aumentar su competitividad en los mercados externos. 2. Promover, fomentar y estimular el comercio exterior de bienes y servicios, en particular las exportaciones, y la mayor libertad en la actuación de los agentes económicos en esas transacciones. 3. Facilitar el desarrollo de las transacciones corrientes con el exterior y establecer los mecanismos de control y supervisión adecuados. 4. Estimular la inversión de capitales del exterior en el país. 5. Aplicar controles adecuados a los movimientos de capital. 6. Propender por un nivel de reservas internacionales suficiente para permitir el curso normal de las transacciones con el exterior. 7. Coordinar las políticas y regulaciones cambiarias con las demás políticas macroeconómicas. Los anteriores criterios se aplicarán con arreglo a los principios de economía, celeridad, eficacia, imparcialidad, publicidad y contradicción, orientadores de las actuaciones administrativas.

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    5.2  Manera de evitar las sanciones cambiarias  Infracción cambiaria – naturaleza : De acuerdo con el artículo 2º del Decreto Ley 2245 de 2011, el incumplimiento de las disposiciones constitutivas del régimen cambiario vigentes al momento de la transgresión genera una contravención administrativa, a la que le corresponde una sanción de tipo pecuniario que permita generar efectos disuasivos que aseguren elcumplimiento de estas disposiciones y la protección del orden público económico del país. Régimen sancionatorio cambiario aplicado por la DIAN:  • Decreto 4048 de 2008, artículo 3, numerales 4 y 5 : funcion residual Funciones de controlar y vigilar las operaciones derivadas del regimen cambiario que no sean de la competencia de otra entidad Decreto Ley* 2245 de 2011, artículo 3 : Es una contravención administrativa . De las disposiciones constitutivas del régimen cambiario vigentes al momento de la transgresión. A la cual le corresponde una sanción cuyas finalidades son el cumplimiento de tales disposiciones y la protección del orden público económico * Sujetos pasivos ( objetos de las sanciones): • Personas naturales • Personas jurídicas • Entidades asimiladas a las personas jurídicas En tanto infrinjan el régimen cambiario respecto de operaciones y obligaciones cuya vigilancia y control sea de competencia de la DIAN. Existen diferentes modalidades de infracciones cambiarias que se deben conocer para no cometerlas, para ello se debe tener en cuenta la normatividad arriba referida. estas son algunas infracciones:   Generadas por las declaraciones de cambio ·Generadas por las operaciones obligatoriamente canalizables a través del mercado cambiario ·Generadas por las operaciones canalizadas en forma extemporánea a través del mercado cambiario ·Generadas por la canalización indebida a través del mercado cambiario ·Generadas por el depósito ·Generadas por el manejo de cuentas de compensación ·Generadas por el incumplimiento de obligaciones de solicitud de autorización previa;  registro;  reporte; transmisión;  actualización o informe al Banco de la República, en forma directa o a través de los IMC

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    5.3 Con base en directrices y categorías señaladas en el Artículo 4 de la Ley 9 de 1991, mencione cada una de las operaciones de cambio y explique de manera breve porqué deben ser canalizadas a través del mercado cambiario. ARTÍCULO 4º Operaciones sujetas al régimen cambiario. :  El Gobierno Nacional determinará las distintas operaciones de cambio que estarán sujetas a lo previsto en esta Ley, con base en las siguientes categorías: 1. Los actos, contratos y operaciones de adquisición, tenencia o disposición de bienes o derechos en el extranjero realizados por residentes, y los actos, contratos y operaciones de adquisición, tenencia o disposición de bienes o derechos en Colombia por parte de no residentes:    En el caso de los residentes en Colombia  nacionales o no nacionales pero que residan en el país; deben acatar y cumplir la legislación del país en el que se encuentren para el momento del negocio y si se va a adquirir un bien o hacer un negocio en territorio colombiano también debe cumplir la normatividad exigida para ello. 2. Los actos, contratos y operaciones en virtud de los cuales un residente resulte o pueda resultar acreedor o deudor de un no residente y los actos de disposición sobre los derechos , obligaciones derivados de aquéllos:  Esto se explica en el entendido de que la ley colombiana  persigue a su nacional donde quiera que este se encuentre y en el evento de adquirir derechos y obligaciones de igual forma en el debido proceso sea ante entidad administrativa o judicial. 3. La tenencia, adquisición o disposición de activos en divisas por parte de residentes o, cuando se trate de no residentes, la tenencia, adquisición o disposición de activos en moneda legal colombiana: Los artículos 2.17.1.4  del D. 1068/15  y 7o. de la Resolución Externa 8 de 2000 de la Junta Directiva del Banco de la República (Régimen Cambiario) establecen que las  inversiones internacionales de capital se encuentran sujetas a la obligación de canalización a través del mercado cambiario. Lo anterior significa que las divisas producto o destinadas al pago de operaciones deben ser negociadas y/o transferidas a través de los Intermediarios del Mercado Cambiario-IMC1 o de las cuentas de compensación de las empresas receptoras de la inversión. 4. Las entradas o salidas del país de divisas o moneda legal colombiana y de títulos representativos de las mismas:  Con el fin de mantener un control en la tasa de cambio en su valor prefijado, realizado por el banco central (demanda- oferta). 5. Los actos en virtud de los cuales se produzca la extinción de obligaciones entre residentes y no residentes:  Si se trata de operaciones sujetas a régimen cambiario o si se estipulo en moneda extranjera se pagara en moneda legal colombiana a la tasa de cambio indacada. 'Nueva regulación cambiaria simplificará algunos trámites':      La Resolución Externa 01 de 2018, actualiza y flexibiliza la realización de operaciones de cambio y optimiza los procedimientos cambiaros, con el objetivo de tener trámites más eficientes para quienes realicen este tipo de operaciones y, a su vez, que la autoridad cuente con información más precisa. Adicional a esto, con esta regulación cambiaria se busca implementar instrumentos para el control de riesgos asociados a los flujos y posiciones de balance de los residentes, “preservando el principio de no dolarización de la economía, la estabilidad financiera y la efectividad y autonomía de la política monetaria”, aseguró el Banco de la república.  Se elimina el requisito y la obligación de registrar las inversiones financieras y activos en el exterior en el Banco de la República. Otro de los cambios que trae esta regulación cambiara es el tope de compra de divisas para transacciones en efectivo. A partir de ahora se manejará un límite de 10.000 dólares, y no de 3.000 como se venía haciendo.   

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