Por Parte del Empleado...
Tienen derecho al reconocimiento y pago de las prestaciones.
Suministrar información clara frente a su estado de salud.
Participar en la prevención de riesgos profesionales.
Cumplir con los programas de salud ocupacional establecidos por la empresa.
PENSIONADOS POR INVALIDEZ
Mantener actualizada la información para poder hacerle seguimiento
Mantener informada a la entidad frente a los cambios que tenga la causa por la cuál se otorgó la pensión
Decreto 1295 de 1994
Por Parte del Empleador...
Deben afiliarse al Sistema General de Riesgos Profesionales.
La afiliación de los trabajadores es obligatoria.
Están a cargo del pago de las cotizaciones al Sistema General de Riesgos Profesionales.
Solo pueden contratar el cubrimiento de los riesgos profesionales con una entidad y deben realizar los pagos oportunas a esta.
Buscar el cuidado integral de la salud de los trabajadores y los ambientes de trabajo.
Brindar capacitación a los trabajadores frente a temas de salud ocupacional.
Notificar a la entidad a la que este afiliado todas las novedades referentes a los empleados afiliados (accidentes de trabajo, enfermedades profesionales).
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