Regula la forma en que se protege la salud ambiental y humana, así como el aprovechamiento de los recursos naturalesNORMAS OFICIALES MEXICANASLos principales ordenamientos jurídicos de nuestro país que se relacionan con la protección del ambiente y la conservatorio de los recursos naturales son los siguientes:
Cuyos principales objetivos son: garantizar un medio ambiente adecuado para el desarrollo, salud y bienestar humanas, definir los instrumentos para la preservación y protección de la biodiversidad, el establecimiento y administración de las áreas naturales protegidas y al aprovechamiento sustentable de los recursos naturales.La LGEEPA tiene cuatro reglamentos:1) En Materia de Impacto Ambiental2) En Materia de Residuos Peligrosos3) En Materia de Evaluación del Impacto Ambiental4) En Materia de Prevención y Control de la Contaminación Atmosférica
Garantiza la conservación, restauración y fomento de la fauna silvestre y regula su aprovechamiento.
a) La conservación, restauración y propagación de todos los animales silvestres
útiles al hombre que temporal o permanentemente habiten en el territorio nacional.
b) El control de los animales silvestres, ya sean útiles o perjudiciales al hombre, o
a las demás especies animales.c) La importación, movilización y alimentación de animales silvestres.
d) La conservación y propagación de los recursos que sirven de alimentación y
abrigo a la fauna silvestreProhíbe a los mexicanos la
exportación de piezas de caza vivas o muertas; los delitos y las sanciones están
desequilibrados (cazar sin permiso es una falta y no un delito); no contempla
ninguna otra modalidad de aprovechamiento y establece la obligatoriedad, fuera
de todo derecho, de pertenecer a una organización para ejercer la actividad.
Regula y fomenta la conservación, protección, restauración y aprovechamiento de los recursos forestales del país, a fin de propiciar el desarrollo sustentable.
La ley forestal, nos ayudará a que mediante la valoración y cuidado de los recursos forestales, haya nuevas oportunidades de productividad y desarrollo, y para que valoremos la importancia que tienen los recursos naturales. Es de interés nacional, la conservación y reforestación de los bosques, mediante un proceso de manejo sostenible.
Tiene por objeto regular, preservar y
administrar el aprovechamiento de los recursos pesqueros y acuícolas en el territorio nacional y las zonas
sobre las que la nación ejerce su soberanía y jurisdicción; del 73 fracción XXIX-L para establecer las
bases para el ejercicio de las atribuciones que en la materia corresponden a la federación, las entidades
federativas y los municipios, bajo el principio de concurrencia y con la participación de los productores
pesqueros, así como de las demás disposiciones previstas en la propia Constitución que tienen como fin
propiciar el desarrollo integral y sustentable de la pesca y la acuacultura.
Reglamento el Articulo 27 constitucional y en lo particular, regula la explotación, uso o aprovechamiento de aguas nacionales, su distribución y control, así como la preservación de su cantidad y calidad.
Fija las normas para planear y regular el ordenamiento territorial de los asentamientos humanos y la fundación,conservación, mejoramiento y crecimiento de los centros de población.
Reglamenta los párrafos IV, V, VI y VIII del artículo 27 constitucional y garantiza la protección y preservación del medio marino, el establecimiento de parques marinos nacionales, la promoción de la recreación y el turismo, el aprovechamiento económico del mar, la prevención de su contaminación, así como la realización de actividades de investigación científica marina.