regimen sueldos y salarios

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sueldos y salarios
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    RECIBO DE NOMINA
     Se genera  recibo de nómina cuando se efectuan  pagos a los trabajadores por sueldos, salarios y en general por la prestación de un servicio personal subordinado o a contribuyentes asimilados a salarios. 

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    TU RECIBO DE NOMINA DEBE CONTENER ...
    Registro Patronal El número de empleado. La CURP El tipo de régimen. El número de Seguridad Social La fecha de pago, además, se debe incluir tanto la inicial, como la final. Los números de días pagados en esa nómina. El departamento en donde el trabajador funciona y realiza sus labores. La clabe. El banco. Fecha de inicio de la relación laboral patrón – empleado. Cantidad de tiempo que el empleado lleva trabajando con la empresa. Puesto. Tipo de contrato. Tipo de jornada. Periodicidad del pago. Salario base. Riesgo del puesto. Salario diario Deducciones Percepciones Incapacidades Horas extras trabajadas por el empleado durante ese período de tiempo.

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    1.- GASTOS MEDICOS,DENTALES Y HOSPITALARIOS
    Por consultas con tu nutriólogo, dentista o psicólogo (siempre que quien imparta el servicio tenga título profesional para ejercer la profesión). Gastos hospitalarios siempre y cuando se hayan recibido dentro de la institución, así como las medicinas ocupadas en el tratamiento. Análisis clínicos y de laboratorio. Compra o alquiler de aparatos de rehabilitación y prótesis. Honorarios de enfermeras (sueldo). Lentes oftálmicos para corregir defectos visuales hasta por $2,500 siempre y cuando se describa en la factura las características de estos o bien se cuente con un diagnóstico de un oftalmólogo u optometrista.

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    2.- GASTOS FUNERARIOS
    Aquellos efectuados para tu cónyuge o concubino (a) así como para padres, abuelos, hijos y nietos, podrán ser deducibles siempre y cuando la cantidad pagada no exceda el salario mínimo general vigente elevado al año. Los gastos para cubrir funerales a futuro serán deducibles en el año de calendario en que se utilicen los servicios funerales.   SDM $88.36 X 365 = 32,251.40

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    3.-DONATIVOS
    Cuando decidas realizar una aportación a una institución autorizada para ello, como por ejemplo la Cruz Roja, el monto de ese donativo no deberá superar el 7% del total de tus ingresos.

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    4.-INTERESES REALES DE CRÉDITOS HIPOTECARIOS
     Intereses reales por créditos hipotecarios destinados a casa habitación, contratados con el Infonavit o Fovissste, entre otras, y siempre que el crédito otorgado no exceda de setecientas cincuenta mil unidades de inversión(4.5 millones de pesos).

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    6.- COLEGIATURA Y TRANSPORTE ESCOLAR
     Son deducibles los pagos por servicios educativos con los siguientes topes:   Transporte escolar: Podrás hacer efectiva su deducción cuando de manera obligatoria se requiera el uso de este servicio y sea señalado dentro del comprobante correspondiente.

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    7.- PRIMAS POR SEGUROS DE GASTOS MEDICOS
    Podrás deducir aquellos pagos que efectúes por un seguro complementario o independiente a los brindados por las instituciones públicas de salud, los beneficiarios de la póliza deberán ser tu cónyuge o concubino (a), ascendientes y descendientes en línea recta o tú mismo.  

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    TUS FACTURAS DEBEN CONTENER
    1.      RFC emisor y receptor 2.      Fecha, hora y lugar de expedición 3.      Tipo de comprobante 4.      Método de pago 5.      Moneda 6.      Tipo de cambio 7.      Forma de pago 8.      Clave de producto o servicio 9.      Uso o destino del CFDI 10.  Sellos digitales y cadenas

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    FORMA DE PAGO
    Para que todos tus gastos sean deducibles, deberás cubrir los montos con tu tarjeta de débito o crédito, transferencia bancaria o cheques nominativos   Considera que el monto total de tus deducciones no puede exceder de cuatro salarios mínimos elevados al año (102,346.00 pesos) o el equivalente al 10% de tus ingresos totales.
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