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Las Cortes Generales podrán delegar en el Gobierno la potestad de dictar normas con rango de ley sobre materias determinadas no incluidas en el artículo anterior.
Explicación:El Decreto-legislativo (lo veremos en el artículo 85 CE y ya se ha visto en un esquema realizado de los diferentes tipos de leyes con el artículo 82 CE): es una delegación de las Cortes Generales al Gobierno para que pueda dictar normas con rango de ley, siempre que no sean relativas a materias del artículo 81 CE (que son las LO).En el Decreto legislativo existe una autorización previa para que actúe legislativamente el Gobierno, el Decreto ley lo dicta el Gobierno en caso de urgencia y después lo ratifica o no el Parlamento.
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La delegación legislativa deberá otorgarse mediante una ley de bases cuando su objeto sea la formación de textos articulados o por una ley ordinaria cuando se trate de refundir varios textos legales en uno solo.
Explicación:Las características (y el control en su caso) de la delegación están comprendidas en una ley de bases (artículo 83 CE) si es para la formación de textos articulados (cuando se regula una materia por primera vez), o en ley ordinaria matizando en este último caso el ámbito normativo a que afecta y especificando si lo que se va ha hacer es refundir varios textos legales en uno o aclarar y armonizar los textos legales que han de ser refundidos.
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La delegación legislativa habrá de otorgarse al Gobierno de forma expresa para materia concreta y con fijación del plazo para su ejercicio. La delegación se agota por el uso que de ella haga el Gobierno mediante la publicación de la norma correspondiente. No podrá entenderse concedida de modo implícito o por tiempo indeterminado. Tampoco podrá permitir la subdelegación a autoridades distintas del propio Gobierno.
Explicación:La delegación ha ser expresa (directa y clara) al Gobierno exclusivamente, sobre una materia concreta y con un plazo determinado, que se acaba una vez publicada la norma.
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Las leyes de bases delimitarán con precisión el objeto y alcance de la delegación legislativa y los principios y criterios que han de seguirse en su ejercicio.
Explicación:Las leyes de bases en todo momento son las que marcan las directrices de la delegación legislativa.
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La autorización para refundir textos legales determinará el ámbito normativo a que se refiere el contenido de la delegación, especificando si se circunscribe a la mera formulación de un texto único o si se incluye la de regularizar, aclarar y armonizar los textos legales que han de ser refundidos.
Explicación:Viene a decir lo que hemos ido aclarando mediante esquemas y explicaciones en los apartados anteriores.
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Sin perjuicio de la competencia propia de los Tribunales, las leyes de delegación podrán establecer en cada caso fórmulas adicionales de control.
Explicación:Tipos de control--> el de los Tribunales (sobre el ajuste del Decreto Legislativo a la delegación hecha) y el que puedan establecer las leyes donde se produzca la delegación.
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