Zusammenfassung der Ressource
Flussdiagrammknoten
- Dirigido al patrón
Propósito, objeto, día y hora para suspender el trabajo
- Celebración o revisión de contrato-ley
- 1. Escrito de emplazamiento a huelga (copias) presentada ante la JCA por sindicatos coaligados
- Señalar día, hora para suspensión de labores (30 días posteriores a la presentación)
- Escrito presentado ante JCA, envía copias al patrón dentro de 24 horas
- Escrito presentado ante autoridades que refiere el artículo 920, fr. II, hace emplazamiento y dentro de 24 horas enviará expediente a JCA
- Duplicado ante JCA
Autoridad política o más cercada al establecimiento
- La JCA cita a las partes a una audiencia de conciliación
- 1 sola vez a petición del trabajador
- Fija número de trabajadores que deben seguir laborando
- La JCA resuelve excepción de falta de personalidad interpuesta por el patrón
- Declara infundada. Continúa la audiencia
- El presidente de la JCA determina:
- No comparecen los trabajadores.
Decreta que no correo término para suspender el trabajo
- No comparece el patrón.
Emplea medios para que comparezca
- Declaración de inexistencia
- * Acuerdo de las partes
* Allanamiento del patrón
* Laudo arbitral
* Laudo de JCA sometido a decisión
- Mismo procedimiento del artículo 930
- Por terminada la relación laboral ante ilicitud de la huelga
- Dentro de 72 horas siguientes a la suspensión
- Promueven los afectados o terceros interesados
- * Solicitud escrita (copias)
* La JCA escuhará a las partes en audiencia; recepción de pruebas (5 días)
* Difiere en caso de que no se puedan desahogar en audiencia
* Concluida la recepción de pruebas, dentro de 24 horas, la JCA resuelve existencia o no de la huelga
* En caso de inexistencia, los trabajadores deben regresar a laborar en 24 horas
- Al determinar su incompetencia, hace declinatoria
- Dentro de 24 horas los trabajadores fijarán la junta que consideren competente
- Patrón, en el escrito de contestación
- 48 horas siguientes al conocer la primera promoción del patrón
- 24 horas siguientes a la promoción, la JCA dicta resolución con comparecencia de las partes
- Dentro de 48 horas envía copia de emplazamiento al patrón (depositario)
- En el mismo término el patrón debe contestar por escrito ante la JCA
- No se da trámite al escrito de emplazamiento
- Hecha la notificación del pliego de peticiones con emplazamiento a huelga, suspende
- No cumple con los artículos 920 y 450
- * Ejecución de sentencia
* No se practica (embargo, aseguramiento, diligencia o desahucio) en contra de empresa o establecimiento
- * Aseguramiento de derechos del trabajador
* Indemnizaciones, salarios, prestaciones devengadas
* Falta de pago de cuotas al IMSS
* Asegurar cobro de aportaciones al INFONAVIT
- No afectan derecho de huelga
- Procedimiento se rige por el artículo 620
- Presidente interviene en resoluciones