Zusammenfassung der Ressource
Flussdiagrammknoten
- Actos o Conductas de agresión a cualquier integrante de la familia, dentro o fuera del domicilio familiar por otro miembro de la familia.
- Contra los derechos reproductivos
- Ocasionan daño a la integridad física de otra persona
- Provocan alteración autocognitiva y autovalorativa que integran su autoestima.
- Amenazan la libertad, seguridad, integridad y desarrollo psicosexual de la persona.
- Dañan directo o indirecto, a bienes muebles o inmuebles
- Acciones que afectan la economía del sujeto pasivo
- Limitan o vulneran el derecho de las mujeres a decidir libre y voluntariamente sobre su función reproductiva
- A igual consideración, respeto y autoridad en la familia; A vivir sin violencia y a participar en la toma de decisiones relacionadas con el grupo familiar; A medicinas, alimento y atención especial si es necesario.
- Crisis, enfermedades físicas y mentales ,depresión, incluso muerte. Afectan a su autoestima y desarrollo intelectual; Causan agresividad, rebeldía y realizar conductas dañinas e ilícitas.
- ARTÍCULO 220.- Impone de seis meses a dos años de prisión y multa de cien a quinientos días de salario a quien, incurra en alguna conducta inadecuada con el fin de alterar el estado civil.
- ARTÍCULO 222.- A quien renuncie a su empleo o solicite licencia sin goce de sueldo y sea éste el único medio de obtener se le impondrá de uno a tres años de prisión y multa de trescientas a un mil Unidades de Medida y Actualización.
- ARTÍCULO 223. Si la omisión en el cumplimiento de las obligaciones alimentarias, ocurre en desacato de una resolución judicial, las sanciones se incrementarán en una mitad.
- ARTÍCULO 221.- A quien incumpla con su obligación de dar alimentos a las personas que tienen derecho a recibirlos, se le aplicará sanción de dos a cinco años de prisión
- ARTÍCULO 224.- Al que cometa violencia familiar se le impondrán de uno a cinco años de prisión, suspensión o pérdida de los derechos de familia y hereditarios.
- ARTÍCULO 225.- El ministerio público podrá solicitar a la autoridad jurisdiccional la aplicación de medidas de protección para la víctima.
- ARTÍCULO 226.- Se impondrán de dos a nueve años de prisión y multa de ciento veinte a doscientos sesenta días de salario, al que con la custodia de un menor lo entregue ilegítimamente a un tercero a cambio de un beneficio económico.
- Sistema Nacional y Sistemas Estatales para el Desarrollo Integral de la Familia
Agencias del Ministerio Público
Corporaciones de policía
- ANGEL DANIEL ROSADO RODRÍGUEZ
6 D
MAPA CONCEPTUAL
- ¡Ten Cuidado! ¡La Violencia Aumentará!
- ¡Reacciona! ¡No te dejes destruir!
- ¡Necesitas Ayuda Profesional!
- Bromas hirientes, Chantajear, Mentir, engañar, Ignorar, ley del hielo, Celar, Culpabilizar, Descalificar, Ofender, Humillar en Público, Intimidar Amenazar
- Controlar, prohibir, Destruir artículos personales, Manosear, Caricias agresivas, Golpes “de juego”, Pellizcar, Empujar, jalonear, Cachetear, Patear y Aislar
- Amenazar con armas y objetos, Amenazar de Muerte, Forzar relación sexual, Abuso sexual, Violar, Mutilar y Asesinar