Zusammenfassung der Ressource
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- SECCIÓN DE UBICACIÓN Y DETENCIÓN DE PERSONAS
- Boleta de Apremio Personal
- Son órdenes o decretos escritos emitidos por la Autoridad Competente a efectos de llevar a cabo una diligencia judicial dentro del proceso.
- Boleta de Auxilio emitida por las unidades especializadas de la mujer y la familia
- Boleta de Detención con fines Investigativos
- Boleta de Encarcelamiento
- Boleta de Comparecencia inmediata (Fiscalía General del Estado y Función Judicial
- Extendidas por las Unida- des Especializadas de la Niñez, Adolescencia y Familia, en contra de aquellas personas que no han cumplido sus compromisos de cancelar la pensión alimenticia
- 1.- Emitida por la autoridad competente, el servidor policial tendrá la obligación de.
2.- Verificar los datos de filiación de la persona a ser detenida.
3.- Detenida la persona se le informará sus derechos constitucionales.
4.- Realizar el parte correspondiente.
5.- Trasladar al detenido hasta la Unidad de Flagrancia.
6.- Se la llevará directamente hasta el Centro de Detención Provisional (CDP)
- Extendida en favor de la persona que ha sido víctima de violencia, o ha recibido intimidaciones, con la finalidad de proteger la integridad física, psicológica y sexual del agredido. Art. 558, numeral 4 COIP.
- 1.- Emitida por la autoridad competente, el servidor policial tendrá la obligación de.
2.- Verificar los datos de filiación de la persona a ser detenida.
3.- Detenida la persona se le informará sus derechos constitucionales.
4.- Trasladar al detenido hasta la Unidad de Flagrancia.
5.- Se la llevará directamente hasta el Centro de Detención Provisional (CDP)
6.- El detenido será trasladado directamente ante la autoridad competente que emite la boleta.
7.- Si la Autoridad Competente determina la detención, realizar el parte correspondiente.
- Extendida por la autoridad competente en favor de la persona que debe acudir a la convocatoria, con la finalidad de dar su versión o declaración. Art. 435 y 648 COIP.
- 1.- Emitida por la autoridad competente, el servidor policial tendrá la obligación de.
2.- Verificar los datos de filiación de la persona a ser detenida.
3.- Verificar la vigencia de la boleta
4.- La Boleta de Citación original debe ser entregada PERSONALMENTE a la persona citada.
5.- Realizar el parte respectivo dirigido a la autoridad competente, adjuntando la copia del documento recibido.
6.- NOTA: La presente boleta, obliga a la persona a quien está dirigida, a comparecer ante la autoridad que la emite.
- Extendidas por la autoridad competente para obtener la detención inmediata del ciudadano, con el fin de que se presenten ante la autoridad solicitante. Art. 444 inciso final COIP.
- 1.- Emitida por la autoridad competente, el servidor policial tendrá la obligación de.
2.- Es ejecutable solamente en horas laborables
3.-Se puede realizar la detención a cualquier hora y en cualquier lugar, siempre y cuando la persona a detenerse no se encuentre en un sitio privado.
4.- Una vez localizada la persona, se la llevará inmediatamente hasta la autoridad
5.- Realizar el parte policial correspondiente, del cumplimiento de la misma
6.- Por lo general estas boletas son emitidas para receptar una versión ante las autoridades.
- Extendidas por la autoridad competente para obtener la detención inmediata del sospechoso o procesado. Art. 480 inciso final, 530, 531 y 532 COIP.
- 1.- Emitida por la autoridad competente, el servidor policial tendrá la obligación de.
2.- Verificar los datos de filiación de la persona a ser detenida.
3.- Una vez emitido la boleta por la autoridad competente, el servidor policial tendrá la obligación de realizar la detención
4.- Ubicar al requerido y planificar su detención.
5.- Se puede realizar la detención a cualquier hora y en cualquier lugar.
6.- Tomar en cuenta el lugar en donde se emitió la boleta.
7.- Realizar el parte correspondiente.
8.- Trasladar al detenido a la Unidad de Flagrancia.
9.- Si el caso fuere la boleta por investigación previa, se deberá realizar el parte correspondiente.
10.- En el caso de boleta de prisión preventiva deberá ser trasladado/a directamente hasta el Centro de Detención Provisional
- Emitidas por las autoridades competentes para proceder a la detención de ciudadanos que ya han sido juzgados y sentenciados.
- 1.- Por encontrarse prófugo de la justicia se procede a la localización, detención y traslado al Centro de Detención Provisional.
2.- En estos procedimientos se necesita la boleta de encarcelamiento que será emitida por la autoridad que conoce la causa, paso seguido con los documentos originalesl
- Emitida por la autoridad competente que conoce el caso y lleva la causa, la misma que enviará directamente hasta el Centro de Rehabilitación Social para que el apresado recobre su libertad. Art. 12 numeral 15.
- Son extendidas por la autoridad competente, para garantizar la comparecencia de la persona procesada al proceso y el cumplimiento de la pena.
- Boleta de Prisión Preventiva