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- CODIGO DE PROCEDIMIENTO PENAL ORAL ACUSATORIO LEY 906 DE 2004
- Principio de publicidad. Todo acto procesal debe ser publico, exepto cuando se ponga en riesgo la vida de la persona, seguridad nacional o menores.
- PRINCIPIOS RECTORES DEL SISTEMA ACUSATORIO
- Principio de Contradicción. implica la audiencia transversarial del sistema.
- Principio de Inmediación. El organo judicial debe estar presente en todas las audiencias.
- Principio de Continuidad. Las audiencias seran de forma continua, sucesiva y secuencial.
- INTERVINIENTES DEL SISTEMA ACUSATORIO
- FISCAL GENERAL DE LA NACION
- APLICA PRINCIPIO DE OPORTUNIDAD
- DEFENSOR. Representa los intereses del
- Actúa en la etapa de investigación Imparte legalidad procedimientos en audiencias preliminares, proteccìon de los derechos fundamentales del imputado, victima y testigos.
- Actúa en la etapa de juzgamiento, dicta sentencias condenatorias
- Actúa en defensa de los derechos y garantías fundamentales, podrá intervenir en todas las etapas de la actuación.
- NOTICIA CRIMINAL
DENUNCIA
QUERELLA
PETICION ESPECIAL O DE OFICIO
- Corresponde a la Fiscalía General de la Nación realizar la indagación e investigación de los hechos que revistan características de un delito que lleguen a su conocimiento por medio de denuncia, querella, petición especial o por cualquier otro medio idóneo.
- Donde la fiscalía una vez recolectado todo el material probatorio realiza por primera vez la audiencia de formulación de imputación al indiciado el cual pasa de indiciado a imputado, se realiza ante juez de control de garantías.
- Audiencia de Formulación de Acusación: Audiencia oral en la cual el fiscal realiza ante el juez de conocimiento un recuento de los hechos por los cuales el acusado será llevado a juicio, el procesado pasa de imputado a acusado.
- Policía judicial recolecta Elementos Materiales Probatorios y Evidencia Física.
- Se realizan audiencias preliminares tales como:
Audiencia de control de registro y allanamiento.
Audiencia expedición orden de captura
Audiencia control posterior de interceptación de comunicaciones.
- Audiencia Preparatoria: Audiencia realizada ante juez de conocimiento en la cual se realiza el descubrimiento de las pruebas que van hacer parte del juicio y se hacen estipulaciones de pruebas .
- Audiencia de Juicio Oral: Audiencia publica oral en la que la fiscalía expone su teoría del caso, asi como sus alegatos finales, participa la defensa, la victima y el ministerio publico y finalmente el juez emite sentido del fallo.
- Audiencia de Reparación Integral: Después de realizado el sentido del fallo en el que se declara la responsabilidad del acusado, el fiscal, la victima o el ministerio publico puede solicitar que se abra incidente de reparación integral.
- Audiencia individualización de la pena: Dentro de los 15 días después del juicio oral, se llevara a cavo audiencia en la que el juez, valorando las condiciones particulares del responsable, individualice la pena e incorpore lo decidido en el incidente de reparación integral.
- Subintendente. LUIS CARLOS REGINO CORDERO
Cedula No. 10778331