Zusammenfassung der Ressource
Flussdiagrammknoten
- Objetivo y campo de aplicación.
- Esta Norma establece los criterios mínimos para la organización y funcionamiento de
los laboratorios clínicos de los sectores público, social y privado, del Sistema Nacional
de Salud que los caracterizan como servicios auxiliares de diagnóstico, así como los
requisitos mínimos indispensables que deben cumplir los recursos humanos,
tecnológicos y de equipamiento; la celebración de instrumentos consensuales para
los servicios de referencia o de subcontratación, el control de calidad en sus
diferentes fases, así como criterios de higiene y bioseguridad para el personal y
usuarios de estos servicios, además de establecer características mínimas para la
publicidad de este tipo de establecimientos.
- Esta Norma es de observancia obligatoria
para los laboratorios clínicos, así como para
los profesionales y técnicos del área de la
salud del Sistema Nacional de Salud que
intervengan en la organización y
funcionamiento de dichos establecimientos.
- Estudio de laboratorio, al análisis físico, químico, biológico o molecular de diversos componentes y productos del cuerpo humano, procesados en un laboratorio legalmente establecido, a través del uso de diversas tecnologías, cuyas mediciones y resultados serán obtenidos y reportados por personal facultado para ello.
- Laboratorio clínico o de patología clínica, al establecimiento público, social o privado, legalmente establecido, independiente o ligado a otro establecimiento para la atención médica, que tenga como finalidad realizar estudios de laboratorio, de diversos componentes y productos del cuerpo humano, cuyos resultados coadyuvan en el estudio, prevención, diagnóstico, resolución y tratamiento de los problemas de salud.
- Servicios de referencia o de subcontratación, a la realización de estudios de laboratorio por un laboratorio a solicitud de otro laboratorio, con el cual se deberá celebrar el instrumento consensual para dicho propósito.