Zusammenfassung der Ressource
TEMA II. SUJETOS
PROCESALES
- ÓRGANO PENAL FEDERAL
- A. SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA
NACIÓN
- Está compuesta por 21 ministros numerarios y hasta 5
supernumerarios; funciona en pleno o en salas
- le compete a la
Suprema Corte
conocer, entre otras
cuestiones:
- a) de algunos recursos (revisión, queja) contra
resoluciones de juzgados de distrito o tribunales
colegiados de circuito.
- b) de las excusas de
ministros.
- c) fungir como tribunal de
competencia.
- d) determinar número,
límites y especialidad
de los circuitos.
- e) nombrar o elegir jueces de distrito,
y magistrados.
- f) adscribir a los ministros
- B. TRIBUNALES COLEGIADOS DE
CIRCUITO
- Como símil de la Suprema Corte de Justicia, pero regional, los Tribunales
Colegiados de Circuito se componen de 3 magistrados, uno de los cuales
es su presidente
- Estos tribunales de circuito pueden especializarse en
materia penal. Sus resoluciones se toman por
mayoría de votos y son competentes para conocer
principalmente de los juicios de amparo directo
- C. TRIBUNALES UNITARIOS
DE CIRCUITO
- a) para resolver recursos ordinarios contra actos de jueces
de distrito (no remedios, ni juicios autónomos), ni recursos
extraordinarios o excepcionales.
- b) para resolver cuestiones de competencia entre
juzgados de distrito del mismo circuito
- c) para resolver de los impedimentos de los jueces de distrito,
cuando existe controversia.
- D. JUZGADOS DE
DISTRITO
- a) previstos en las leyes federales
y tratados
- b) señalados en los artículos 2 a 5 del
Código Penal
- c) oficiales o comunes cometidos en el extranjero
por agente diplomático, personal oficial de
legaciones de la República y cónsules mexicanos.
- d) cometidos en embajadas y
legaciones.
- e) en que la Federación sea
considerada sujeto pasivo del delito
- f) cometidos por o en contra de un funcionario o empleado
federal, en ejercicio de sus funciones o con motivo de ellas.
- g) perpetrados con motivo del funcionamiento de un servicio
público federal, aunque dicho servicio esté descentralizado o
concesionado.
- h) tratándose de los procedimientos de
extradición.
- ÓRGANO PENAL DEL DISTRITO FEDERAL
- El poder Judicial del Distrito Federal en lo
penal se ejerce:
- a) por el Tribunal Superior de
Justicia.
- Es un órgano colegiado formado por
magistrados designados por el Presidente
de la República, con aprobación de la
Asamblea de Representantes. Funciona en
Pleno o en Salas.
- a) de los recursos
ordinarios
(apelaciones, queja,
reposición del
procedimiento)
- b) de las contiendas competenciales
entre juzgados del Distrito Federal.
- c) de los impedimentos propuestos contra
los jueces del Distrito Federal, cuando
éstos no han aceptado la recusación.
- d) de las contiendas de
acumulación entre
tribunales del Distrito
Federal.
- b) por los juzgados
penales.
- Órgano unipersonal, con 2 secretarios y competentes
para conocer de los asuntos penales que le sean
planteados para su resolución.
- c) por los juzgados de paz.
- Órganos unipersonales competentes
para conocer de los delitos no
sancionados con penas privativas de
libertad o que, aun cuando estén
sancionados con pena privativa de
libertad, su sanción abstractamente
aplicable, no exceda de 2 años
- En el campo judicial penal nos
interesan, por su mayor
relevancia, los siguientes:
- a) grado, jerarquía o
instancia,
- b) materia,
- c) gravedad de la
pena,
- d) territorio
- e) persona,
- f) turno,
- g) atractividad o
atracción,
- h) prevención,
- i) elección.