Zusammenfassung der Ressource
TEMA XI: INCIDENTES
- Los incidentes en el procedimiento penal
- De acuerdo con Piña y Palacios
- La primera incide, incidere, que significa
conocer, cortar, interrumpir, suspender, y la
otra está en el verbo cadere y en la preposición
in, que significa caer, sobrevenir.
- En términos de Hernández Acero
- Incidente es toda cuestión que surge en el proceso y por no estar prevista y
comprendida en periodos regulares se tramita por separado, abriendo un
cuadernillo en el que se contendrán las actuaciones y la sentencia
interlocutoria que le pone fin al incidente
- no se debe confundir lo que es el incidente con la incidencia
- esto último es algo que en sentido lógico se deriva de una actuación
procedimenta
- CLASIFICACIÓN
- Se pueden clasificar por incidentes diversos
- suspensión del procedimiento
- incidentes criminales en el juicio civil
- acumulación de procesos
- separación de procesos,
- impedimentos
- excusas y recusaciones
- eparación del daño exigible a terceros
- libertad bajo protesta
- libertad bajo caución o incidentes
no especificados
- SUSPENSIÓN DEL PROCEDIMIENTO POR
LA INTERPOSICIÓN DE UN INCIDENTE
- La ley procesal trata que los
procedimientos no se suspendan en
beneficio del procesado
- pero en determinados incidentes como
- acumulación
- recusación
- cuestiones de competencia
- el procedimiento debe suspende
- LIBERTAD BAJO CAUCIÓN
- (ARTS. 556 A 574, CPPDF y
399 A 417, CFPP)
- El artículo 20 constitucional en
su fracción primera
- Señala que inmediatamente que lo solicite, el juez deberá
otorgarle la libertad provisional bajo caución, siempre y cuando
no se trate de delitos en que por su gravedad, la ley
expresamente prohíba conceder este beneficio.
- En caso de delitos no graves
- A solicitud del
Ministerio Público,
el juez podrá negar
la libertad
provisional
- El monto y la forma de caución
- Deberán ser asequibles para el inculpado
- Momento procedimental en que puede
solicitarse
- Puede ser solicitado en cualquier tiempo por
- el acusado
- su defensor
- El legítimo representante
- desde
- la averiguación hasta la segunda instancia
- aun después de
haberse dictado
sentencia por el
tribunal de
apelación
- cuando ésta sea por delito
no grave y se interponga
amparo directo.
- Cuándo procede
- Código de Procedimientos Penales para el Distrito Federal como
en el federal en sus artículos 556 y 399
- establecen
- Todo inculpado tendrá derecho durante la averiguación previa y en el proceso judicial a ser puesto en
libertad provisional bajo caución, inmediatamente que lo solicite, si se reúnen los siguientes
requisitos:
- CONTINUA .........