(Art.189 pena 5 - 7 años). Acto
cometido por una o más personas,
mediante el uso de la fuerza,
violencia.
EL HURTO
(Art.196). Acto
cometido por una o
varias personas sin
ejercer violencia, ni
amenaza, ni fuerza
Hurto de lo
requisado Art. 198
Hurto de bienes
de uso policial o
militar Art.197
pena 1 - 3 años
LA ESTAFA
Art. 186 pena 5 – 7 años, La persona que, para
obtener un beneficio patrimonial para sí misma
o para una tercera persona, mediante la
simulación de hechos falsos o la deformación u
ocultamiento de hechos verdaderos, induzca a
error a otra, con el fin de que realice un acto que
perjudique su patrimonio o el de una tercera.
EL ABUSO DE
CONFIANZA
Art. 187 pena 1 – 3 años, La
persona que disponga, para sí o
una tercera, de dinero, bienes o
activos patrimoniales entregados
con la condición de restituirlos o
usarlos de un modo determinado.
EL ABIGEATO
Art. 199 pena de 1 - 3
años, La persona que se
apodere de una o más
cabezas de ganado
caballar, vacuno,
porcino, lanar.
OTROS DELITOS
EXTORSIÓN
Art. 185 pena 3 - 5 años, La persona que, con
el propósito de obtener provecho personal o
para un tercero, obligue a otro, con violencia o
intimidación, a realizar u omitir un acto o
negocio jurídico en perjuicio de su patrimonio
o el de un tercero.