Zusammenfassung der Ressource
PROCEDIMIENTOS
POLICIALES
APLICADOS
EN
GÉNERO
- PROCEDIMIENTOS
POLICIALES Y USO DE
LA FUERZA
- PRINCIPIOS DEL USO
DE LA FUERZA
- LEGALIDAD
- NECESIDAD
- PROPORCIONALIDAD
- OPORTUNIDAD
- RACIONALIDAD
- LOS F.E.H.C.L EN CADA UNO DE SUS
PROCEDIMIENTOS DEBEN
EMPLEAR EN FORMA
OBLIGATORIA EL USO
PROGRESIVO, DIFERENCIADO Y
ADECUADO DE LA FUERZA COMO
LO ESTABLECEN LOS 26
PRINCIPIOS DEL USO DE LA
FUERZA DE 1990 Y EL ACUERDO
MINISTERIAL 4472 DEL 18 DE
AGOSTO DEL 2010.
- MARCO JURÍDICO
INTERNACIONAL PARA
LA POBLACIÓN LGTBI
- PACTO INTERNACIONAL DE
DERECHOS CIVILES Y POLÍTICOS
- PACTO INTERNACIONAL DE DERECHOS
ECONÓMICOS SOCIALES Y CULTURALES
- PRINCIPIO DE YOGYAKARTA
- CONVENCIÓN AMERICANA DE
DERECHOS HUMANOS
- INTERPRETACIÓN Y JURISPRUDENCIA
DE LA CORTE INTERAMERICANA DE
DERECHOS HUMANOS
- MARCO JURÍDICO
NACIONAL PARA LA
POBLACIÓN LGTBI
- CONSTITUCIÓN DE LA
REPÚBLICA DEL ECUADOR DEL
20 DE OCTUBRE DEL 2008
- CÓDIGO ORGÁNICO INTEGRAL PENAL
- LEY ORGÁNICA DE GESTIÓN DE LA
IDENTIDAD Y DATOS CIVILES
- ACUERDO MINISTERIAL 1699
- PROCEDIMIENTOS CON
PERSONAS SEXUALMENTE
DIVERSAS
- LOS FUNCIONARIOS ENCARGADOS DE HACER
CUMPLIR LA LEY; CUMPLIENDO CON LO
ESTABLECIDO EN LOS ART. 66, NUMERALES (9,10);
ART. 67 Y ART. 163 LA CONSTITUCIÓN DE LA
REPÚBLICA DEL ECUADOR DEL 20 DE OCTUBRE
DEL 2008, Y ART 478 NUMERAL (3) DEL CÓDIGO
ORGÁNICO INTEGRAL PENAL; CUANDO LLEVEN A
CABO PROCEDIMIENTOS CON LAS PERSONAS DE
GÉNERO SENSIBLE O GLBTI (GAY, LESBIANAS,
BISEXUALES, TRANSGÉNEROS E INTERSEX), DEBEN
RESPETAR EL DERECHO A LA DIGNIDAD Y NO
DISCRIMINACIÓN DE ESTAS PERSONAS.
- PROCEDIMIENTOS
DE DEVIF
- NUMERAL 1. CONCEDER LAS
BOLETAS DE AUXILIO, QUE FUEREN
NECESARIAS A LA MUJER O DEMÁS
MIEMBROS DEL NÚCLEO FAMILIAR
- ARTÍCULO 1…LA PREVENCIÓN Y LA
SANCIÓN DE LA VIOLENCIA
INTRAFAMILIAR; ES DECIR, ACTÚA A
DOS NIVELES: ANTES Y DESPUÉS DE
COMETIDA LA ACCIÓN U OMISIÓN DE
VIOLENCIA INTRAFAMILIAR.
- NUMERAL 2.- ORDENAR LA SALIDA DEL AGRESOR DE LA VIVIENDA, SI
LA CONVIVENCIA IMPLICA UN RIESGO PARA LA SEGURIDAD FÍSICA,
PSÍQUICA O LA LIBERTAD SEXUAL DE LA FAMILIA
- NUMERAL 3.- IMPONER AL AGRESOR LA
PROHIBICIÓN DE ACERCARSE A LA AGREDIDA EN
SU LUGAR DE TRABAJO O ESTUDIO
- NUMERAL 4.- PROHIBIR O RESTRINGIR AL AGRESOR
EL ACCESO A LA PERSONA VIOLENTADA
- NUMERAL 5.- EVITAR QUE EL AGRESOR, POR SI MISMO O
A TRAVÉS DE TERCERAS PERSONAS REALICE ACTOS DE
PERSECUCIÓN O DE INTIMIDACIÓN A LA VÍCTIMA O
ALGÚN MIEMBRO DE SU FAMILIA
- NUMERAL 8.- ORDENAR EL TRATAMIENTO AL
QUE DEBEN SOMETERSE LAS PARTES Y LOS
HIJOS MENORES DE EDAD SI FUERE EL CASO
- NUMERAL 6.- REINTEGRAR AL DOMICILIO A LA PERSONA AGREDIDA
DISPONIENDO LA SALIDA SIMULTÁNEA DEL AGRESOR, CUANDO SE
TRATARE DE UNA VIVIENDA COMÚN, IMPIDIÉNDOLE QUE RETIRE LOS
ENSERES DE USO DE LA FAMILIA
- NUMERAL 7.- OTORGAR LA CUSTODIA DE LA VÍCTIMA MENOR
DE EDAD O INCAPAZ A PERSONA IDÓNEA SIGUIENDO LO
DISPUESTO EN EL CÓDIGO DE LA NIÑEZ Y ADOLESCENCIA.
- PROCEDIMIENTO CON ORDEN DE ALLANAMIENTO
- CONTAR CON LA PRESENCIA DE LA AUTORIDAD QUE
EMITIÓ LA ORDEN DE ALLANAMIENTO.
- PROCEDIMIENTOS INFRACCIÓN FLAGRANTE
- “SI UNA PERSONA ES SORPRENDIDA EJERCIENDO CUALQUIERA DE LOS
TIPOS DE VIOLENCIA PREVISTOS EN ESTA LEY SERÁ APRENDIDO POR LOS
AGENTES DEL ORDEN Y CONDUCIDA DE INMEDIATO ANTE LA
AUTORIDAD COMPETENTE PARA SU JUZGAMIENTO POR FLAGRANCIA.
EN ACTOS DE VIOLENCIA INTRAFAMILIAR (FÍSICA, PSICOLÓGICA O
SEXUAL), NO EXISTEN ACUERDOS, ARREGLOS EXTRAJUDICIALES,
MEDIACIÓN ALGUNA, NI SE APLICA FUERO DE NINGUNA NATURALEZA.
- PROCEDIMIENTOS CON
MENORES DE EDAD
- DEBE ATENDERLO/A SIEMPRE EN
UN ESPACIO ADECUADO
- SI SE CONSIDERA INDISPENSABLE SE
PREGUNTARÁ DATOS BÁSICOS A LOS
NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES, ESTAS
PREGUNTAS NO PUEDEN TENER
CARÁCTER DE UN INTERROGATORIO
- SE EXPLICARÁ A LA PERSONA ADULTA,
ADOLESCENTE, NIÑO O NIÑA LOS
DERECHOS QUE LE ASISTEN, Y EL
PROCEDIMIENTO A SEGUIR
- INFORMAR SEGÚN EL CASO, A LA
(DINAPEN), PARA QUE TOMEN EL
PROCEDIMIENTO RESPECTIVO