Zusammenfassung der Ressource
Ley 222 De 1995
- Fecha
- 20 De Diciembre De
1998
- Propósito
- Modificar El Libró II Del Código De Comercio
- Disposiciones
- TÍTULO I
- Régimen De Sociedad
Capítulo I
- ARTÍCULO 1 (SOCIEDAD COMERCIAL) Se Tendrá Cómo
Comerciales Para Todos los Efectos legales, Las
Sociedades Que Se Formen Para La Ejecución De Actos
O Empresas Mercantiles
- Artículo 2 (CAPACIDAD DEL LOS SOCIOS) MODIFICA ARTÍCULO 103
Los Incapaces No Podrán Ser Socios De Sociedades Colectivas Ni
Gestores De Sociedades En Comandita
- CAPÍTULO II
- ESCISIÓN Que Es ?? Es Una Reforma Estatutaria .Por La Cuál Se Traspasa Parte De Sus Activos y/o Pasivos En Bloque A Una O Varias Sociedades Ya Constitusionadas
- ARTÍCULO 3 MODALIDADES 1.Una Sociedad Sin Disolverse . Transfiere Bloque Una O Varias Partes De Su Matrimonio A Unas O Más Sociedades Existentes O Las Destina A La Creación De Unas O Varias Sociedades
- ARTUCILO 4 (PROYECTO DE ESCISIÓN) El Proyecto De Escisión Deberá Ser Aprobado Por La Junta De Socios O Asamblea General De Accionistas De La Sociedad Que Le Incide
- ARTÍCULO 5 (Publicidad) Se Comunicar El Acuerdo De Escisión A Los Acreedores Sociales Mediante Telegrama O Por Cualquier Otro Medio Que Produzca Efectos Similares
- ARTÍCULO 6 (DERECHOS DE LOS ACREEDORES ) Los Acreedores Podrán Exigir Garantías Satisfactorias Y Suficientes Para El Pago De Sus Créditos
- ARTÍCULO 7(DERECHOS DE LOS TENEDORES DE BONO) Tiene Los Derechos Previstos Por Las Sala De Superintendencia De Valores.
- ARTÍCULO 8 ( PERFECIONAMIENTO DE LA ESCISIÓN) El Acuerdo De Escisión Deberá Constar En Escritura pública, Que Contendrá Además Los Estatutos De Las Nuevas Sociedades O Las Reformas Que Se Introducen A estatutos De Las Sociedades Existentes
- ARTÍCULO 9 (EFECTOS DE ESCISIÓN) Ya Estando La Escritura A La Que Se Refiere En El Artículo Anterior , Ya En Ese Plano Se Establece Obligaciones Que Se Debe Cumplir , Se Obtendrá Beneficios También Se Adquirirán Derechos Y Beneficios
- ARTÍCULO 10 (RESPONSABILIDAD) Si Se Llegará A Incumplir Alguna Obligación Las Demás Sociedades Participantes Responderán Soloidariamente Por El Cumplimiento De La Respectiva Obligación
- CAPÍTULO III
- ARTÍCULO 12 (EJERCICIO DEL DERECHO DE
RETIRO) Cuando Los Trasformacion Funciona
O Escisión Imponga A Los Socios Una Mayor
Responsabilidad O Implique Unas Desmejora
De Sus Derechos Patrimoniales
- CAPÍTULO IV (ÓRGANOS SOCIALES)
- SECCIÓN II
- ARTÍCULO
22(ADMINISTRADORES) Es Ser
El Representante Legal
Liquidador Y Demás Que
Según Estatuto Ejerza Esas Y
Demás Funciones
- ARTÍCULO 23(DEBERES DE ADMINISTRADOR) -Realizar Los
Esfuerzos Contundentes Al Acuerdo Desarrollado Al Objetó
Social -Guardar Y Proteger Las Reserva Comercial
-Abstenerse De Utilizar Indebidamente Información
Privilegiada
- ARTÍCULO 24 (RESPONSABILIDAD DE LOS
ADMINISTRADORES) Según El Artículo 200 De
Comerciantes Los ADMINISTRADORES Responderan Con
Solidaridad De Los Perjuicios Que Por Culpa Ocacionen
A La Sociedad O Ah Personas
- ARTÍCULO 25 (Acción Social) La Acción Social
Será Definida Por La Compañía O Por La
Junta De Socios Y Con Esta Se Establecerá
Acuerdo Y Demás Para Esta Acción Social
- SECCIÓN I
- ARTÍCULO 18 (REPRESENTACIÓN DE LOS
SOCIOS) Artículo 184. Todo Socio Podrá
Hacerse Representar En Las Reuniones De La
Junta De Socios De Asamblea
- ARTÍCULO 19 (REUNIONES NO PRESENCIALES) Reunión De
La Junta De Socios De Asamblea General De Accionistas O
De Junta directiva Donde Todos Los Socios O Miembros
Pueden Deliberar Y Decidir Por Comunicación Simultanea
O Sucesiva
- ARTÍCULO 20 ( OTRO MECANISMO PARA LA
TOMA DE DECISIONES) Serán Válidas Las
Decisiones Del Máximo Órgano Social O De La
Junta Directiva Cuándo Por Escrito
- ARTÍCULO 21 (ACTAS)
Las Actas
Correspondientes
Deberán Elaborarse Y
Asentarsen En El Libró
Respectivo Dentro De Los
30 Días Siguientes Serán
Suscritas Por El
Representante Legal Y
El Secretario De La
- CAPÍTULO VI ESTADOS
FINANCIEROS
- ARTÍCULO 34 (OBLIGACION DE PREPARAR Y DIFUNDIR
ESTADOS FINANCIEROS) a fin de cada ejercicio social las
sociedades deberán contar sus cuentas
- ARTÍCULO 35(ESTANDOS FINANCIEROS CONSOLIDADOS)
deben ser sometidos a consideración de quienes se
competente para su aprobación o impresión
- ARTÍCULO 36 ( notas alos estados financieros y normas de
preparación) estos se prepara conforme a los principios de
contabilidad
- ARTÍCULO 37( estados financieros certificados) se debe certificar
estados financieros aquellos que se pongan a disposición de las
asociados o de terceros
- ARTÍCULO 38( estados financieros dictaminados) estos deberán
estar acompañados de la opinión profesional del revisor fiscal
- ARTÍCULO 39( autenticidad de los estados financieros y
de los dictamenes) qué de certificado se debe presumir
auténtico
- ARTÍCULO 40( rectificación de los estados financieros) las entidades gubernamentales que
ejercen inspección vigilancia o control podrán ordenar rectificar los estados financieros a las
notas que se ajusten a las normas legales
- ARTÍCULO 41( publicidad de los estados financieros) se lleva la propuesta de la
publicidad para que la cámara de comercio la autorice y la haga legal
- ARTÍCULO 42( ausencia de estados financieros) los terceros podrán aducir
cualquier otro medio de prueba aceptando por la ley
- ARTÍCULO 43( responsabilidad penal) será sancionados con
prisión de 1 a 6 años
- CAPÍTULO V (MATRICES T SUBORDINADAS) Las
Sociedad Será Subordinada Cuándo Su Poder De
Decisión Se Encuentre Sometida A La Voluntad De
Una persona
- ARTÍCULO 27 (PRESUNCIONES DE
SUBORDINACION) Una Sociedad Será
Subordinada Cuándo El 50%Del
Capital Pertenezca A La Matriz
- ARTÍCULO 28 (GRUPO EMPRESARIAL) Además Del Vínculo De
Subordinación Podrá Existir Un Grupo Empresarial Cuándo
Exista Una Entidad De Propósito Y De Dirección
- ARTÍCULO 29 (INFORME ESPECIAL ) Cuándo Se Genera Un
Grupo Empresarial Se Debe Generar Un Informe Especial Y En
Este De Estar Contenido Las Informaciónes de Mayor
Importancia
- ARTÍCULO 30 (OBLIGATORIEDAD DE INSCRIPCIÓN EN EL
REGISTRO MERCANTIL) Se Debe Hacer Una Inscripción
Obligatoria En La Cámara De Comercio
- ARTÍCULO 31 (comprobación de operaciones de
sociedades subordinadas) se debe comprobar la
realidad de las operaciones que se hagan en la
sociedad
- ARTÍCULO 32 (PROHIBICIÓN AH SOCIEDADES
SUBORDINADAS) las sociedades subordinadas no
podrán tener a ningún título y demás en la
sociedad que dirigen
- ARTÍCULO 33 ( pago del dividendo en
acciones o cuotas) se deberá pagar a los
socios que las acepten