Zusammenfassung der Ressource
Importaciones temporales. II para retornar al
extranjero en el mismo estado. Articulo 106
Ley aduanera
Anmerkungen:
- II.Para remontar el extranjero en el mismo estado
Articulo106 Ley Aduanera
- Fraccion II: Hasta por seis meses
- a)Los que realicen los recidentes en el extranjero
siempre que sean utilizados por ellos o con
personas que contengan relacion laboral excepto
tratandoce de vehiculos
- b)Los envaces de marcancias siempre que
contegan en territorio nacional las
marcancias que ellos hubiera intrucido al pais
- c)Los vehiculos de las marcancias de las misiones
diplomaticas y consulares extranjeras y de
oficiones de sede o representacion de organismo
internacionales, siempre que cumplan con los
requisitos que señala la secretaria mediante reglas
- d)las de muestra o muestrario destinados
a dar a conocer mercanciaas,siempre que
cumplan con los requisitos que señale la
secretaria de mediante reglas
- e) Las de vehiculos,siempre que la importacion
sea afectuada por mexicanos con residencia en
el extranjero o que acrdeiten estar laborando en
el extranjero por un año o mas, que compreuben
mediante documentacion o fiscal su calidad
migratoria que los autorice para tal fin y se trate
de un solo vehiculo en cada periodod do doce
meses
- Fraccion I : hasta por un mes
- hasta por un mes, las de remolques y semiremolques ,incluyendo
las de plataformas adaptadas al medio de trasporte de
contenedores,siempre que trasporten en territorio nacional las
mercancias que en ellos se hubieran introducido al pais o las que
se introduzcan para su exportacion
- Fraccion: III Hasta por un año
- a)las destinadas a
converciones y
congresos
internacionales
- b)las destinadas a eventos
culturales o deportivos por
entidades publicas,nacionales o
extranjeras
- c)las de enseres,utileria y
demas equipo necesario para
la filmacion, siempre que se
utilicen en la indutria
cinematografica y su
internacion se efectue por
recidentes del extranjero
- d)las de vehiculos de
prueba,siempre que la
aportacion se efectue por
un fabricante autorizado,
residente en mexico
- e)las mercancias previstas por los
convenios internacionales de los
que mexico sea parte
- Fraccion: IV Por el plazo o condicion
de estancia
- a) las de vehiculos propiedad de
extranjeros que intenten entrar
al pais, con la condicion de
estancia de visitante y residente
temporal
- b) los menejos de cosas de mercancias usada en
propiedad de residentes temporal y residente temporal
estudiante , siempre y cuando cumplan los reuisitos que
establesca el reglamento
- Fraccion: V Hasta por 10 años
- a)Contenedores
- b)aviones,avinetas y
helicopteros,destinados a ser
utilizados en lineas aereas con
concesion o permiso para aperar
del pais
- c)embarcaciones dedicadas al
trasporte de pasajeros, de carga y a la
pesca comercias,las embarcaciones
especiales y los artefactos navales
- d)las cosas rodantes importadas
temporalmente por residentes